Ordenan a Senado nombrar a dos integrantes del Sistema Nacional de Anticorrupción

El juez explicó que la suspensión se otorga por el interés social, que significa la aplicación de las políticas para combatir la corrupción.

El juez ordenó al Senado ocupar las dos vacantes del comité. | Cuartoscuro
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un juez federal ordenó al Senado de la República realizar lo necesario para asignar a las personas que ocuparán las dos vacantes en el Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).

El juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Juan Carlos Guzmán Rosas, también otorgó una suspensión provisional que ordena al Senado continuar con el proceso, promovida por la organización Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad, y la firma White & Case.

“Procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que cesen las omisiones atribuidas a las autoridades responsables y se realicen las acciones establecidas en la Ley General del Sistema Anticorrupción, necesarias para designar a los integrantes del CPC”, establece el acuerdo del juzgador.

Guzmán Rosas explicó que la suspensión se otorga por el interés social que significa la aplicación de las políticas para combatir la corrupción, y mencionó que la omisión atribuida a las autoridades responsables refleja una actitud de indiferencia, ante el cumplimiento de las obligaciones que la ley les impone, pues "abandonan o dejan de prestar el servicio público encomendado y soslayan el bienestar social que supone observar ese deber".

El primer comité de selección de los miembros del Comité de Participación Ciudadana concluyó sus funciones en octubre del 2019 y desde febrero opera únicamente con tres de los cinco integrantes con los que debe contar, en términos de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

Asimismo, en febrero de 2021 concluyen las funciones de otra de sus integrantes, lo cual de no cubrir las vacantes hará imposible que este órgano cumpla con sus objetivos.

FLC

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