Sheinbaum envía a diputados iniciativa de Ley Federal de Cine y el Audiovisual

La propuesta busca fomentar y regular la producción, distribución, difusión y promoción, comercialización, circulación, exhibición y preservación de obras cinematográficas y audiovisuales, incluso en plataformas digitales.

Sheinbaum junto a exponentes de la industria cinematográfica. | Araceli López
Ciudad de México /

La presidenta Claudia Sheinbaum envió a la Cámara de Diputados su iniciativa de Ley Federal de Cine y el Audiovisual para fomentar y regular la producción, distribución, difusión y promoción, comercialización, circulación, exhibición y preservación de obras cinematográficas y audiovisuales, además de proponer reformas a las leyes federales del Trabajo y del Derecho de Autor para proteger a las personas dedicadas al doblaje contra el uso no autorizado de su trabajo mediante Inteligencia Artificial (IA).

La nueva Ley Federal de Cine y el Audiovisual prevé la abrogación de la Ley Federal de Cinematografía y, entre otros aspectos, busca regular el ecosistema audiovisual contemporáneo, incluyendo las obras audiovisuales y plataformas digitales de video bajo demanda.

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Considera asimismo estímulos y apoyos para quienes inviertan en la adecuación y equipamiento de salas de cine y destinen al menos 30 por ciento de su cartelera a películas nacionales.

¿Qué propone el proyecto?

El proyecto propone garantizar el derecho humano de acceso a la cultura, reconocido en el artículo 4 constitucional, a través de una política articulada por el Estado mexicano en torno al cine y el audiovisual mexicano que, por su sentido social, representa un vehículo de expresión artística y educativa que constituye una actividad cultural esencial.

A su vez, las reformas propuestas a las leyes Federal del Trabajo y del Derecho de Autor pretenden salvaguardar los derechos de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes.

Para ello establece que, salvo consentimiento expreso, libre, informado y que medie remuneración entre las partes, quedará prohibida la reproducción total o parcial de artistas intérpretes y ejecutantes con fines ajenos a la realización de las unidades de tiempo, una o varias temporadas o para una o varias funciones por medio de herramientas tecnológicas computacionales o cualquier otro medio relacionado.

Aplicarán sanciones 

Dispone la aplicación de multas de mil a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (de 117 mil 310 a 586 mil 550 pesos) a quien contravenga lo anterior, sin perjuicio de las sanciones previstas en la Ley Federal del Derecho de Autor.

En caso de reincidencia, se duplicará la multa impuesta, sin que su monto exceda del doble del máximo, precisa.

Las modificaciones a la Ley Federal del Derecho de Autor fortalecen las facultades y atribuciones del Instituto Nacional del Derecho de Autor para favorecer la protección de los derechos de las personas creadoras y de artistas intérpretes y ejecutante.

Se adiciona la ley en materia de notificaciones, con la posibilidad de realizarse por medios tecnológicos para estar acorde con el Plan Nacional de Desarrollo.

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IOGE 

  • Fernando Damián
  • Reportero de MILENIO desde 2004. Especializado en periodismo parlamentario, con el privilegio de registrar y relatar episodios históricos desde primera fila en el Congreso de la Unión. Egresado de la FES-Acatlán UNAM. Disfruto la lectura, el cine y la música.

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