El Tribunal Electoral confirmó que la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum sí generó inequidad en la elección por la gubernatura de Tamaulipas al participar en el cierre de campaña del candidato de Morena, Américo Villarreal violando sus deberes constitucionales.
Aunque la jefa de Gobierno buscó revertir la sentencia de la Sala Regional Especializada que confirmó que su participación en el cierre de campaña de un candidato fue indebida, la Sala Superior no le dio la razón y confirmó la sentencia en su contra tal como lo hizo en contra del canciller Marcelo Ebrard, por haber participado en un mitin del candidato morenistas y llevar “saludos” del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Sheinbaum alegó que la Sala no tenía facultades para analizar su asistencia al cierre de campaña de una candidatura en Tamaulipas pues se trata de un acto local, lo que el TEPJF declaró inoperante pues al implicar a funcionarios de distintas entidades, compete al ámbito federal, además, de que se le atribuyen irregularidades en su calidad de funcionaria pública.
Por lo que confirmó que “vulneración a los principios constitucionales de imparcialidad y equidad en la contienda electoral” por parte de Claudia Sheinbaum, con lo que se suma un ilícito electoral más en contra de la jefa de Gobierno.
Llamar a legisladores 'traidores a México' sí es Calumnia:TEPJF
La Sala Superior revocó una sentencia de la Sala Especialidad y le ordenó analizar las sanciones correspondientes a Morena, pues confirmaron que los promocionales del partido en los que acusa que los legisladores que votaron contra la reforma eléctrica serán recordados como “traidores a México”, incurrieron en el delito de calumnia electoral.
El PRI alegó que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no analizó debidamente la denuncia en contra de los promocionales en los que Morena, e incluso su dirigente Mario Delgado aparecen acusando de “traidores a México”, pues aunque el delito es “traidores a la patria”, se trata de un equivalente.
En lo que, en un proyecto del magistrado Felipe Fuentes aprobado por sus pares, concluyeron que la expresión ‘traidores a México’, contenida en los materiales denunciados, remite a los elementos descriptivos y normativos del tipo penal que traición a la patria se encuentra tipificado en el Código Penal Federal; derivado de la imputación de hechos o delitos falsos, los cuales configuran el elemento objetivo de la calumnia.
Por lo que le ordenó a la Sala Regional Especializada emitir una nueva sentencia ya con la acreditación del ilícito de calumnia electoral y por lo tanto, determinar que basándose en esta irregularidad, Morena hizo mal uso de los espacios de radio y televisión que se le otorgan al partido.
MbG