Implementar una cuota o acción afirmativa para garantizar la postulación de representantes de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transgénero, Transexual, Travesti, Intersexual y Queer (LGBTTTIQ o LGBT+) en la próxima elección del seis de junio pone en riesgo el principio de certeza del proceso electoral, sentenció el magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), Manuel Alberto Cruz Martínez.
Lo anterior debido a que el próximo 20 de marzo inicia el período de registro de aspirantes a una candidatura ante el Instituto Electoral estatal (IEEH), por ello no se puede emitir una acción afirmativa en favor de este sector de la población sin afectar las estrategias de todos los actores como partidos políticos, aspirantes independientes y la ciudadanía en general, al no emitir estos lineamientos de postulación en tiempo y forma.
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Pese a que en la entidad no existe alguna medida compensatoria, acción afirmativa o cuota que garantice la representación de la comunidad LGBT+ en cargos de elección popular, como sería el caso del Congreso Local, no puede operar en el proceso electoral 2020-2021, sostuvo Cruz Martínez, “al realizar un test de proporcionalidad de la medida para crear una acción afirmativa, se advierte que no hay cifra ni datos reales de los cuales el IEEH puede tomar como base para tomar una medida a favor de este grupo. La cuota o acción afirmativa podría romper con el principio de certeza; esto debido a la temporalidad en la que estamos en el proceso electoral; estamos a 8 días del registro de candidaturas, por lo cual esta acción afirmativa para la diputación local afectaría las estrategias de los partidos políticos y se puede romper con la paridad de género”.
Aunque para esta elección del próximo seis de junio no se puede contar con esta cuota para la comunidad LGBT+, como resolvió el órgano jurisdiccional el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-025-2021; el magistrado Manuel Cruz señaló que es necesario que el IEEH implemente una acción afirmativa que garantice la participación igualitaria de este sector para que con ello pueda alcanzar una representación equilibrada en procesos electorales subsecuentes.
La cual debe contar con un estudio de cuántos ciudadanos de Hidalgo integran la comunidad LGBT+ el cual coadyuvará a verificar la representatividad social de dicho grupo, que la medida tomada sea proporcional y se ajuste a la realidad social del estado.
“Finalmente no pasa inadvertido que debido a que dicha medida no será aplicable para el 2021, el órgano electoral deberá promover y respetar los derechos de igualdad, así como evitar actos discriminatorios por preferencia sexual en los próximos procesos electorales”, concluyó.