Esta tarde alrededor de 30 mujeres sobrevivientes de feminicidio marcharon por Paseo de la Reforma para exigir la aprobación de la Ley Oropéndola, que son una serie de reformas al Código Penal Federal que reconocen la gravedad del delito de tentativa de feminicidio y garantiza los derechos de las sobrevivientes.
Esta movilización fue convocada por la Colectiva Sobrevivientes de Feminicidio quiénes desde hace más de tres años han luchado para que esta violencia se reconozca más allá del delito de lesiones o violencia familiar, el cual suele tener penas muy bajas y en muchos casos ni siquiera amerita la prisión preventiva.
“Es una serie de reformas en donde nosotras queremos que se penalice de una manera más fuerte la tentativa de feminicidio que se crea el dicho de las sobrevivientes… La importancia es que queremos hacer conscientes la ciudadanía de que las sobrevivientes estamos aquí y también contamos”, detalló Grace Luna, sobreviviente de feminicidio en Veracruz.
Asimismo también asistió Yeritza Bautista, quién fue víctima de una tentativa de feminicidio en 2020 por su pareja y pese a que en 2022 su agresor ya había sido sentenciado, un juez revocó esa sentencia y actualmente no hay un castigo firme contra su agresor.
“Es un delito minimizado, invisibilizado y confundido con otro tipo de violencia, poniendo latente el riesgo en el que vivimos constantemente; creo imperante y necesario salir a las calles, para poder visibilizar el delito y poder visibilizar el riesgo en el que nos tiene el sistema hoy por hoy”, lamentó Yeritza.
Quiénes acudieron a esta marcha son mujeres originarias de Veracruz, Hidalgo, Nuevo León, Querétaro, Estado de México, Ciudad de México, Puebla y Chiapas; y de acuerdo con la colectiva solo en el uno por ciento de los casos ha accedido a la reparación del daño.
La movilización se realizó de la Glorieta de las Mujeres que Luchan al Senado de la República en donde una comitiva ingreso a entregar un oficio con las peticiones que se tienen respecto a esta reforma la cual contempla:
- Prisión preventiva oficiosa, y no justificada en todos los casos de tentativa. Es imperativo que los agresores vayan a prisión y no estar en peligro latichte de la victimae constantemente nuestra integridad y vida.
- Que el dicho de la víctima sobreviviente del delito sea creído y con peso legal suficiente como testimonio clave. Que no se demerite nuestro dicho y sea considerado tan importante como las pruebas presentadas, las periciales, las mecánicas de hechos, etc.
- La punibilidad aplicable en el delito de Tentativa. Que sea una sentencia individual y no derivada de una mínima parte del Feminicidio consumado y se consideren las diferentes agravantes del delito. Además, que no se sustituya la pena privativa de libertad, ni liberación anticipada de los sentenciados.
- La reparación integral del daño: un derecho que dicta la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y otras ordenanzas como la "Sentencia Campo Algodonero" y "Sentencia Mariana Lima" y que menos del 5% de las Sobrevivientes logramos arrancar un cierto grado de reparación, nunca integral.
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GGA