Tamaulipas acelera Reforma Judicial; publica decreto en Periódico Oficial

El Punto de Acuerdo 65-564 del Congreso local quedó registrado en la edición 111, tomo CXLIX del citado órgano de difusión.

Protestas en Congreso de Tamaulipas por reforma judicial. (Yazmín Sánchez)
Cristina Gómez
Tampico /

Tamaulipas acelera la Reforma Judicial. Poco después de que el Congreso del Estado aprobara la minuta por mayoría de votos de los diputados locales, el decreto fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, donde se desglosa el articulado de la modificación constitucional.

El Punto de Acuerdo 65-564 por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, quedó registrado en la edición 111, tomo CXLIX del citado órgano de difusión.


El texto señala que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva.

Los ministros de la Corte, magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, del Tribunal de Disciplina Judicial, de Circuito y jueces de Distrito, serán elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones federales del año que corresponda.

“El Senado de la República publicará la convocatoria para la integración del listado de candidaturas dentro de los 30 días naturales siguientes a la instalación del primer periodo ordinario de sesiones del año anterior al de la elección que corresponda”.


El órgano de administración judicial hará del conocimiento del Senado los cargos sujetos a elección, la especialización por materia, el circuito judicial respectivo y demás información que requiera. Los Poderes de la Unión postularán el número de candidaturas que correspondan a cada cargo y establecerán mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos y accesibles que permitan la participación de todas las personas interesadas que cumplan los requisitos legales.

El Senado recibirá las postulaciones y remitirá los listados al INE a más tardar el 12 de febrero del año de la elección que corresponda, a efecto de que organice el proceso electivo. La etapa de preparación de los comicios extraordinarios de 2025, iniciarán con la primera sesión que el Consejo General celebre dentro de los siete días posteriores a la entrada en vigor del decreto. La jornada será el primer domingo de junio del año entrante.


En el ámbito local, se destaca que “la independencia de las y los magistrados, juezas y jueces en el ejercicio de sus funciones deberá estar garantizada por las Constituciones y las Leyes Orgánicas de los Estados, las cuales establecerán las condiciones para su elección por voto directo y secreto de la ciudadanía; la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial y de un órgano de administración judicial con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones”.

No podrán ser magistrados quienes hayan ocupado el cargo de titular de Secretaría o su equivalente, fiscal o diputado local, en sus estados, durante el año previo a la publicación de la convocatoria respectiva por el Congreso Local.


EAS

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