TEE pide a Poder Judicial pronunciarse ante consulta popular propuesta por Samuel

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia deberán atender el pronunciamiento y petición que está pidiendo el mandatario estatal neolonés.

TEE declararoó parcialmente fundados los agravios que el gobernador reclamó respecto a que el Poder Judicial. Foto: Especial
Orlando Maldonado
Monterrey, Nuevo León /

Por unanimidad de votos, y en atención a una sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey, los magistrados del Tribunal Estatal Electoral (TEE) pidieron al Tribunal Superior de Justicia pronunciarse exhaustivamente sobre la consulta popular que el gobernador Samuel García Sepúlveda está solicitando para saber si interviene o no en la elección del fiscal General.

Este viernes los magistrados del Tribunal Electoral local declararon parcialmente fundados los agravios que el gobernador reclamó respecto a que el Poder Judicial no se pronunció del precedente que estableció la Corte en el proceso de consulta popular del Presidente Andrés Manuel López Obrador sobre si se debía enjuiciar o no a los ex presidentes de la república.

Situación por la cual, ahora con esta revocación, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia deberán atender el pronunciamiento y petición que está pidiendo el mandatario estatal neolonés.

"En el juicio electoral 2 del año en curso formado con motivo de la demanda interpuesta por el gobernador del estado, Samuel García Sepúlveda, en contra de la resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia dentro de la petición de consulta popular 1 del 2023 en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la segunda circunscripción electoral plurinominal dentro del diverso juicio electoral 46 de este año se propone sustancialmente declarar fundados los agravios relativos a omisión a la autoridad de responsable consistente en la falta de pronunciamiento sobre la legalidad y trascendencia de la consulta, ello en términos de los precedentes que invoca el promovente, por lo que, respecto del primero, en la nueva resolución, deberá atender la metodología establecida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver la consulta popular 1 del 2020, así como lo previsto en la Ley de Participación Ciudadana local, mientras que, para el segundo, al igual que los requisitos de procedencia, se ordena los tenga por cumplidos.
"Conforme a lo anterior y demás consideraciones contenidas en el proyecto el punto resolutivo propuesto es: único, se revoca y se reitera la legalidad de la resolución combatida, así como todas sus consecuencias y se vincula al Tribunal Superior de Justicia conforme al apartado de efectos", se leyó en el dictamen aprobado.

Con esto, el proceso de consulta popular que plantea el gobernador sigue su curso legal sin que hasta el momento esté avalada por el Tribunal Superior de Justicia, ente facultado para validar o no la misma.

ng

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.