La candidatura a la presidencia municipal de Tula de Allende del diputado local con licencia del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Ricardo Raúl Baptista González, fue revocada por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) debido a que no cumplió con los requisitos de elegibilidad.
Tanto la magistrada presidenta del órgano jurisdiccional, María Luisa Oviedo Quezada, como el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez consideraron que no acreditó los 90 días previos a la jornada electoral de separación de su cargo en el Congreso del estado, pues solo justificó 86 con la sumatoria de las dos ocasiones en las que dejó la curul.
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Lo anterior –aclaró Oviedo Quezada– ya que el acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) bajo expediente IEEH-CG-031/2020 permite agregar los días que el legislador estuvo fuera de su encargo antes de la suspensión del proceso electoral, la cual fue del 4 de marzo al primero de abril, cuando el Instituto Nacional Electoral (INE) suspendió la elección; a los que solicitara después de reanudar las actividad electoral, la cual fue solicitada el 19 de agosto.
Con estas fechas –abundó la magistrada presidenta– suma únicamente 86 días, pues de su primera licencia acredita 26 días y de la segunda 60 más, por lo que no acredita los 90 que exige la legislación local, y por ello se declararon fundados los agravios esgrimidos por Victoriano Apodaca García en el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-170/2020.
De esta forma el TEEH declaró por mayoría de votos, con el voto particular de la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, la inelegibilidad del diputado local con licencia, Ricardo Baptista González, para competir por la presidencia municipal de Tula de Allende en este proceso electoral para renovar los 84 ayuntamientos e la entidad.