Ordenan al Tribunal Electoral de Hidalgo reponer procedimiento contra Viggiano

El TEPJF consideró que de manera ‘dogmática’, el TEEH desechó queja contra candidata de Va por Hidalgo

Rafael Montes
México /

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) actuó ‘de manera dogmática’ y sin argumentar al desechar una queja presentada por Morena en contra de la candidata de PRI, PAN y PRD a la gubernatura de la entidad, Carolina Viggiano.

Así lo consideró la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al ordenarle al tribunal local en Hidalgo que reponga un procedimiento en el que había concluido que no existieron actos anticipados de precampaña y campaña de la aspirante a dicha gubernatura.

En sesión pública de este miércoles, la Sala Superior del tribunal electoral federal ordenó al tribunal local reponer dos procedimientos y emitir una nueva sentencia en cada uno de ellos, por considerar que no se realizó una investigación adecuada de los hechos denunciados por Morena en contra de la candidata de la alianza opositora.

De acuerdo con la resolución de la Sala Superior, en el primer caso, el tribunal electoral de Hidalgo no motivó su resolución para determinar la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña en la exhibición de mensajes en redes sociales y en siete anuncios espectaculares con la frase ‘Es tiempo de las mujeres’.

“Le asiste la razón a la parte actora, ya que es obligación de las autoridades jurisdiccionales motivar sus resoluciones, lo cual no únicamente implica expresar argumentos explicativos del por qué se llegó a una decisión concreta, sino también demostrar que esa decisión no es arbitraria al incorporar en ella el marco normativo aplicable, los problemas jurídicos planteados, la exposición concreta de los hechos jurídicamente relevantes, probados, y las circunstancias particulares consideradas para resolver”, consideró la sentencia de la Sala Superior.

Sin embargo, añadió, “en el caso, la responsable únicamente enlistó las pruebas en general y se enfocó a referir, de manera dogmática, que las estaba tomando en cuenta, para concluir, sin un verdadero nexo argumentativo, que no se acreditaban los hechos ni la responsabilidad de los denunciados, de ahí que los agravios sean fundados y suficientes para revocar el fallo”.

En otro caso de posibles actos anticipados de precampaña y campaña, también denunciado por Morena en contra de Carolina Viggiano, la Sala Superior consideró que la autoridad local de Hidalgo no realizó una investigación adecuada de las cuentas de Facebook señaladas.

“El instituto local, para conocer a la persona creadora de una de las cuentas de Facebook denunciadas, efectuó un requerimiento defectuoso que no corrigió y respecto a los espectaculares dejó de pedir informes a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, a pesar de que contaba con indicios para ello”, concluyó la resolución.

Por ello, la Sala Superior revocó la decisión del tribunal local y le ordenó, también, reponer el procedimiento.

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