La amonestación pública que le fue impuesta al exdirigente del Partido Nueva Alianza Hidalgo (PNAH) Juan José Luna Mejía, por el Órgano Garante de los Derechos Políticos de los Afiliados y Afiliadas de la fuerza local, quedó sin efecto debido a que el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) revocó la resolución del recurso de queja identificado con el número OGDPA/NAH/001/2021, la cual se emitió el pasado 10 de septiembre y a través del cual se sancionó al otrora presidente de la fuerza turquesa por violencia política en razón de género.
Al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) bajo expediente TEEH-JDC-137-2021, promovido por Luna Mejía, el magistrado Leodegario Hernández Cortez, consideró que el órgano intrapartidista incurrió en la falta de congruencia y exhaustividad en el análisis de las acusaciones por los presuntos actos cometidos por el actor, por lo que son motivos suficientes para decretar fundados los agravios y revocar la sanción impuesta, “pues la autoridad debió analizar todas las pruebas para determinar si sus actos constituían actos discriminatorios en contra de su compañera en la dirigencia estatal por su calidad de mujer o si era una cuestión distinta, cuestión que omitió”.
Por ello, y en plenitud de jurisdicción, el TEEH analizó las pruebas presentadas y determinó la inexistencia de actos de violencia política en razón de género, presuntamente ejercidos por Luna Mejía, ya que no se acreditan los elementos para ratificar la existencia de esta violación grave, por lo cual dejó insubsistente la amonestación pública impuesta al actor. De igual forma, la magistrada presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga, arribó a la misma conclusión en el juicio TEEH-JDC-138-2021, y dejó sin efecto la resolución del recurso de queja identificado con el número OGDPA/NAH/003/2021, a través del cual se impuso amonestación pública a Luna Mejía por la presunta comisión de estos actos en contra de la titular de la Coordinación Estatal del Movimiento de Mujeres del PNAH.
Ratifican pérdida de registro de Podemos
Pese a que el partido local Podemos se inconformó por el acuerdo del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), IEEH/CG/R/11/2021, a través del cual se confirmó que el partido político local no alcanzó el tres por ciento de la votación válida emitida en la pasada elección para renovar el Congreso Local, y por ello pierde el registro como fuerza local; Martínez Lechuga confirmó el acuerdo del órgano electoral local.
Esto debido a que la Ley establece que para conservar el registro como partido político estatal se debe acreditar el tres por ciento de la votación válida emitida en las urnas, mientras que la fuerza local sólo obtuvo 26 mil 59 votos, lo que representa el 2.59 por ciento del total de sufragios del electorado el pasado seis de junio, por lo cual se acreditó la pérdida de registro y se desechó el Recurso de Apelación (RAP) bajo expediente TEEH-RAP-PODEMOS-036-2021.