El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) impone amonestación pública a la coalición “Juntos Haremos Historia en Hidalgo” (JHHH), a los partidos que la integran: Morena, Partido del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza Hidalgo (PNAH), así como a sus abanderados en los distritos de Huichapan y Tula de Allende, al confirmar diversas violaciones a la norma electoral durante el desarrollo de las campañas electorales.
En el primer caso, al candidato por el distrito 06 de Huichapan bajo la coalición JHHH, Pedro Porras Pérez, se le emitió esta sanción debido a que violó el interés superior de los menores de edad, debido a que en sus redes sociales se detectaron 8 fotografías de 11 personas menores de edad en su propaganda de campaña, sin contar con la documentación adecuada de sus padres o tutores para poder hacer uso de la imagen de estos niños y niñas, sentenció el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez al resolver el Procedimiento Espacial Sancionador (PES) bajo expediente TEEH-PES-031-2021.
Por otro lado, la magistrada presidenta del TEEH, Rosa Amparo Martínez Lechuga, determino la amonestación pública al abanderado de la alianza en el distrito 14 de Tula de Allende, Octavio Magaña Soto, al resolver el TEEH-PES-033-2021, debido a que también vulneró el interés superior de la niñez, el otrora candidato y ahora diputado local electo, a través de sus redes sociales hizo públicas 8 fotografías donde se aprecian personas menores de edad, aunque en seis de ellas se declaró la inexistencia de la falta denunciada ya que no es posible identificar sus rostros, en las dos imágenes restantes sí existe clara existencia de rostros, de los cuales tampoco se cuenta con el consentimiento de los padres o tutores y por ello se le impuso esta medida de apremio para evitar que se repita dicho actuar.
Acreditan promoción personalizada del presidente de la República
En el juicio TEEH-PES-024-2021, se emitió la misma sanción a la presidenta municipal de Actopan, Tatiana Tonantzin Ángeles Moreno, debido a que la magistrada presidenta consideró que se violó la norma electoral debido a que en algunos espacios públicos donde se ofrece el servicio de internet gratuito a los habitantes, se utilizó como contraseña para acceder la palabra “AMLO”, la cual hace referencia al presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, fundador de Morena, por ello se acreditó la violación a los principios de equidad y parcialidad en la contienda electoral.
Martínez Lechuga destacó que este uso indebido de recursos públicos inmateriales es una violación al artículo 134 de la Constitución ya que la administración municipal al tener bajo su cargo la información para acceder al servicio gratuito, así como la información publicada en las redes sociales referentes a éste, debió cuidar los contenidos, por lo que no hubo parcialidad ya que rebasa los elementos de las manifestaciones que pueden emitir como funcionarios públicos, además de que expone la imagen del presidente de la República que por si sola es una violación a la norma electoral.
Acreditan violación, pero no hay sanción
Finalmente, el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez acreditó la existencia de propaganda electoral en favor del abanderado de la coalición JHHH en Villas del Álamo, Jesús Osiris Leines Medecigo, colocada en el transporte público concesionado, esto al resolver el TEEH-PES-034-2021.
Pese a esto, el magistrado señaló que no existen elementos suficientes para acreditar la responsabilidad al candidato ni a la fuerzas políticas y de esa forma imponer la sanción correspondiente; durante la sesión pública tampoco se dio vista a alguna instancia como la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo para hacer las investigaciones pertinentes e imponer alguna medida de apremio por incumplir con la norma electoral durante el plazo de campañas en la renovación del Congreso Local.