TEEM da 72 horas para instalar alcalde suplente de Ocuilan o intervendrá la FGJEM

Piden que le tomen protesta a Wilfrido Pérez Segura como presidente municipal sustituto.

Contraloría del Poder Legislativo y FGJEM intervendrán si el desacato continúa.
Mario C. Rodríguez
Toluca /

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) dieron un plazo de 72 horas para que los miembros del cabildo convoquen a sesión y le tomen protesta a Wilfrido Pérez Segura como presidente municipal sustituto, de lo contrario, solicitarán la intervención de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) y del uso de la fuerza pública por incurrir en desacato.

Los jueces notificaron este viernes el Acuerdo Plenario emitido el pasado 26 de octubre del expediente JC364/2022, en el que fallaron a favor de Pérez Segura para asumir la titularidad de la alcaldía.

El municipio de Ocuilan ha estado en disputa desde el inicio del año 2022, toda vez que el presidente municipal que fue electo, Emilio “N”, enfrenta un proceso judicial en su contra por su presunta participación en el delito de privación ilegal de la libertad.

Dicha falta, de acuerdo con información de la FGJEM, ocurrió en el marco de la elección pasada en contra de un equipo de trabajo de una de sus contrincantes, por ello fue detenido en diciembre y está en prisión en espera de que se determine su situación legal.

Desde enero pasado solicitó una serie licencias al cargo para mantenerse vigente y en múltiples personajes han dirigido la presidencia municipal, no obstante, Wilfrido Pérez Segura, alcalde suplente, intentó tomar posesión pero le fue negada la petición.

Los magistrados del TEEM fallaron a su favor y debió de asumir funciones esta misma semana, ya que incluso convocó a un evento, sin embargo, esto no ocurrió, por lo que el ayuntamiento incurrió en un desacato.

Advierten medidas severas de continuar desobediencia

Con esta nueva notificación, el TEEM emplazó al ayuntamiento a tomarle protesta en las próximas 72 horas y además, “se apercibió a la persona que ocupa la titularidad de la Primera Regiduría del Ayuntamiento de Ocuilan, Estado de México, de que, en caso de incumplir con lo ordenado el día de hoy, le será aplicada alguna de las medidas de apremio de las previstas en el artículo 456, del Código Electoral del Estado de México”.

La normatividad en cuestión señala el apercibimiento, amonestación, multa hasta por trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, auxilio de la fuerza pública y arresto hasta por treinta y seis horas.

Los magistrados también agregaron que en caso de continuar con la conducta darán parte a la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México y a la Fiscalía General de Justicia mexiquense.


KVS

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