TEEM notifica al Poder Legislativo sobre la nulidad de elección en Nextlalpan

Esto viene a consecuencia de que no se permitió a la ciudadanía emitir su voto y no tuvieron elementos para poder hacer el cómputo municipal.

El presidente del TEEM dijo que no se colman los principios rectores. (Iván Carmona)
Claudia Hidalgo
Toluca /

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) declaró la nulidad de la elección municipal de Nextlalpan por los actos de violencia que impidieron concluir las votaciones el pasado 6 de junio, por lo cual el Congreso ya está en posibilidad de convocar a elecciones extraordinarias para la designación del cabildo para el periodo 2022-2024.

Los y las magistradas consideraron que existen elementos suficientes para que el IEEM decretara la nulidad de la elección, luego que no se permitió a la ciudadanía emitir su voto y no tuvieron elementos para poder hacer el cómputo municipal por el robo y destrucción de urnas electorales.

El presidente del TEEM, Raúl Flores Bernal, argumentó que la determinación es consecuencia de que no se colman los principios rectores de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad y paridad, indispensables para que los ciudadanos ejercieran su voto.

Reconoció que el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) cuenta con la atribución de declarar la invalidez de una elección, a partir de la vulneración a los principios rectores de la materia y de los derechos político electorales de los sujetos que intervienen, o bien, que cuenta con la atribución de instruir o coadyuvar con el Consejo municipal correspondiente para realizar dicha declaratoria.

Por otra parte, el partido Fuerza por México falló en su intención de modificar la votación, a través la nulidad de parte de los votos y el recuento de otra parte. Esto con la intención de alcanzar 3 por ciento del total de los votos emitidos y con ello su registro como partido político.

Revisan 43 recursos

En esta sesión se revisaron 43 recursos similares del partido. En todos se declaró la inexistencia, improcedencia y la imposibilidad de atender las demandas, por lo cual se ratificaron las constancias de mayoría y validez entregadas en junio pasado a candidatos y candidatas que participaron en la elección legislativa por el principio de mayoría.

Esta fue la segunda sesión en qué atendieron recursos derivados de las elecciones del pasado 6 de junio, entre otros casos. En total resolvieron dos juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano local, 45 juicios de inconformidad, un recurso de apelación y siete procedimientos especiales sancionadores.

El Pleno sobreseyó el caso interpuesto por la presidenta electa de Valle de Bravo en contra del PRI, tampoco encontró elementos para sancionar violencia política en razón de género en contra de una ciudadana que fue acusada por la alcaldesa de Metepec, Gabriela Gamboa, por mensajes en las redes sociales que el tribunal consideró generalizados y que la persona acusada desconoció como de su autoría.

No se encontraron elementos para sancionar al alcalde de Toluca, Juan Rodolfo Sánchez Gómez, por actos anticipados de campaña, ni en contra del senador Juan Zepeda, quién sigue siendo objeto de denuncias en su contra.

KVS

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