El Tribunal Electoral determinó desechar las impugnaciones presentadas por el Partido Acción Nacional, y de manera personal, por el diputado panista Jorge Triana, en contra de los perfiles que integran las quinteras para las consejerías y las presidencias del INE, por tratarse de un hecho consumado.
Si el PAN consideraba que estos perfiles no eran adecuados para contender por el puesto, debieron impugnarlo antes y no al haberse concluido todas las etapas.
En un proyecto del magistrado José Luis Vargas, en el que acumuló ambas impugnaciones, propuso el desechamiento sin entrar a analizar de fondo los alegatos del PAN y de un diputado.
Ambas impugnaciones se dieron en contra del Acuerdo del Comité Técnico de Evaluación, por el que se integran cuatro listas con las personas aspirantes mejor evaluadas con base en su trayectoria personal y profesional, en términos de la etapa tercera de la convocatoria para ocupar los cargos de una consejera presidenta y tres de consejera y consejero electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral para el periodo del 4 de abril del 2023 al 3 de abril de 2032.
Particularmente, señalaron que los perfiles de Bertha Alcalde, Guadalupe Álvarez, Iulisca Zircey Bautista, Guadalupe Taddei, Netzaí Sandoval y Víctor Humberto Mejía no garantizaban imparcialidad y neutralidad requrido en el Instituto Nacional Electoral.
El diputado Jorge Triana incluso presumió las impugnaciones que se presentaron en las últimas horas ante la Sala Superior y advirtió que replicarían “cada nombre que no cumpla con el perfil de idoneidad por su cercanía con el gobierno”.
José Luis Vargas concluyó que estas impugnaciones se debían desechar porque el acto “fue consumado de forma irreparable”, pues todos estos perfiles pasaron por todas las etapas.
Sin embargo, el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón consideró que en el caso de la impugnación del PAN, sí debía admitirse porque en congruencia con sus votos anteriores, no opera la irreparabilidad y se deben analizar todos los casos.
Pero respaldó el desechamiento de la impugnación del diputado panista porque ni siquiera cuenta con legitimación para presentar este tipo de juicios.
“En particular sí considero que el medio de impugnación presentado por el ciudadano Jorge Triana sí debe desecharse porque no tiene interés jurídico ni legitimación para impugnar la idoneidad de las personas integrantes de las quintetas”.