La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el vocero presidencial Jesús Ramírez Cuevas difundió propaganda gubernamental indebida desde la cuenta oficial de Gobierno de México en Facebook, y aunque deslindó de esta actitud ilícita al presidente Andrés Manuel López Obrador, confirmaron que ambos desacataron las órdenes del INE para apegarse a sus deberes constitucionales durante el proceso de revocación de mandato.
MILENIO publicó que la Sala Regional Especializada del TEPJF tiene 326 quejas sobre revocación de mandato pendientes de resolver, por lo que aún no concluye el proceso, aunque la Sala Superior haya declarado su invalidez, lo que confirmaron esta tarde las magistraturas en sesión pública, al destacar que seguirán desahogándolas conforme se concluyan los expedientes.
“Tenemos un listado de nueve asuntos con nueve temas de revocación de mandato que nos orientan a verificar el comportamiento de actores políticos en esa fase que ya dio por terminada Sala Superior pero también nos indicó y como es nuestra facultad y competencia, analizar las quejas con motivos de las denuncias que son por este comportamiento”, señaló la magistrada Gabriela Villafuerte.
Entre estas nueve sentencias, la Sala Especializada confirmó que en varias infografías que compartidas en la cuenta de Facebook del Gobierno de México, se acredita la infracción por parte del vocero y director de Comunicación Social de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez y del “Jefe de Departamento al ser los encargamos de diseñar, coordinar la estrategia de información gubernamental, supervisar su difusión y emitir contenido tenían la obligación excepciones constitucionales para difundir propaganda gubernamental”.
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Declararon la inexistencia de responsabilidad de López Obrador “porque no se advierte que haya instruido a los servidores públicos” a esta actividad indebida.
Sin embargo, confirmaron que tanto el presidente como su vocero “incumplieron con medida cautelar del INE porque de la verificación de la autoridad se desprendió que dichos servidores públicos no habían efectuado el retiro de una de las publicaciones”.
Por lo que se les hizo un llamado a conducirse apegados a sus deberes constitucionales en cualquier tipo de proceso democrático y dieron vista al Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia de la República para que sancione a Jesús Ramírez.
Funcionarios difundieron propaganda prohibida
Por unanimidad de votos, la Sala Especializada multó a Morena y a su presidente Mario Delgado, y ordenó que lo investigue la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (Fepade), al confirmar que el presidente de Morena difundió propaganda gubernamental de manera indebida en promocionales de la revocación de mandato, donde destacó la labor del presidente de la República a pesar de que los partidos tenían prohibido intervenir.
“Contiene equivalentes funcionales de promoción de la promoción ciudadana para que no se revoque al presidente de la República, se alucen y se dice a la ciudadanía que ya se sabe lo que hay qué hacer, se manifiesta que el presidente nos necesita y que votar por la revocación haría que regresaran gobiernos corruptos, y que al contrario se viviría en una auténtica democracia”.
También consideraron que en otro video en el que se lanzó contra las y los consejeros del INE “en una idea de que existe un antagonismo entre consejerías del INE y el proyecto del presidente”, se genera “una afectación reforzada al derecho de elegir con libertad y a las reglas de promoción y difusión de la revocación de mandato.
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Además de que incluyó a niños y niñas sin comprobar que tuvieran la autorización de sus padres y tutores, por lo que aprobaron una multa para Mario Delgado de 28 mil 866 pesos y a Morena por 57 mil 732 pesos; y dar vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE y la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales.
También confirmaron que los alcaldes de Gustavo A. Madero en la Ciudad de México y de Ciudad Juárez, en Chihuahua, vulneraron sus deberes de imparcialidad y neutralidad al promover la revocación de mandato, y llamar a la población de las zonas que gobiernan a que respaldaran que López Obrador se mantuviera en el poder.
Libran a Que Siga la Democracia de coacción del voto
La magistrada Gabriela Villafuerte presentó un proyecto en el que propuso confirmar que la organización Que Siga la Democracia incurrió en coacción del voto, vulneración a las reglas de difusión y promoción en el proceso de revocación de mandato, difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido y promoción personalizada en favor del presidente de la República.
Por lo que proponía imponer una multa económica, sin embargo, los magistrados presidente Rubén Lara Patrón y Luis Espíndola rechazaron el proyecto al considerar que al tratarse de una organización ciudadana “es complicado que puedan actualizarse coacción al electorado”.
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La magistrada Villafuerte consideró que “las expresiones ‘con los programas de nuestro presidente’, ‘vamos a votar que sigan los apoyos al campo’ y ‘este 10 de abril vamos a votar #QueSigaAMLO’, se entrevé la inducción o sugerencia implícita que votar por que siga el presidente de México es igual a que continúen los apoyos al campo.
“Por lo que se concluye que se afectaron las reglas de promoción y difusión, la asociación civil difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido y atribuyó su titularidad al presidente de la república, con la finalidad de que la ciudadanía se adhiriera o mejorara la buena percepción; mencionan su nombre, cargo, colocan sus siglas y llaman a que voten; se advierte promoción personalizada a favor del buen mandatario”.
Sin embargo, por mayoría se libró de responsabilidad a la organización, pese a la insistencia de la magistrada de que “el miedo puede alterar el voto, sobre todo en un país donde la necesidad de los programas sociales es muy relevante”.
EHR