La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las medidas cautelares dictadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), en las que establece que el presidente Andrés Manuel López Obrador debe abstenerse de promocionar la consulta de revocación de mandato.
El consejero del INE, Ciro Murayama, dio a conocer la resolución del Tribunal que fue aprobada por unanimidad.
En su cuenta de Twitter, el funcionario electoral publicó el recurso de revisión, en el que el TEPJF declaró procedente el dictado de medidas cautelares.
“Lo anterior, porque, por un lado, la autoridad responsable valoró correctamente, conforme a elementos objetivos y razonables, la posibilidad de que la conducta lícita denunciada se repitiera, buscando evitar lesionar el derecho de la ciudadanía a emitir su sufragio de manera libre ante la inminente publicación de la convocatoria respectiva; por el otro, los planteamiento de la parte recurrente son insuficientes para desvirtuar sus consideraciones”, refirió el TEPJF.
Los magistrados del Tribunal consideraron que las expresiones del Presidente han abordado temas vinculados con la revocación de mandato.
“Concluyó que era procedente el dictado de medidas cautelares, bajo la vertiente de tutela preventiva, a fin de que el Presidente de la República, se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre la figura de revocación de mandato, hasta concluida la jornada el próximo 10 de abril de 2022, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad”.
EHR