TEPJF vuelve a dejar en suspenso, violencia política de género de AMLO contra Xóchitl

Mayoría pide que Sala Especializada analice otra vez, intencionalidad del expresidente al decir que Xóchitl Gálvez era en realidad, era un grupo de hombres como Fox y Salinas.

TEPJF vuelve a dejar en suspenso, violencia política de género de AMLO contra Xóchitl Gálvez. | Foto: Arh
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

Con una votación dividida, el Tribunal Electoral volvió a dejar en suspenso determinar, en definitiva, si el ex presidente Andrés Manuel López Obrador cometió violencia política de género en contra de la ex candidata presidencial, Xóchitl Gálvez.

Por segunda ocasión, ahora con un proyecto del magistrado Felipe Fuentes, la mayoría de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación volvió a pedir a la Sala Regional Especializada que analice otra vez, los comentarios del expresidente en ocho mañaneras, contra la entonces senadora y aspirante presidencial de la oposición, Xóchitl Gálvez.

El 21 de agosto, la magistrada Janine Otálora presentó un proyecto en el que planteó que del paquete de ocho mañaneras, al menos en tres sí estaba plenamente acreditada la violencia política de género, pero la mayoría lo rechazó y ordenaron que la Sala Especializada volviera a revisar.

En un nuevo análisis, la Sala Especializada determinó que sí hubo violencia política de género en las mañaneras en las que el presidente sostuvo que Xóchitl Gálvez era “Vicente Fox, Carlos Salinas, Claudio X. González y es Roberto Hernández”, pues se trata de un estereotipo de género que la subordina a un grupo de hombres minimizando sus capacidades personales.

López Obrador volvió a impugnar esta resolución y el magistrado Felipe Fuentes concluyó que la resolución de la Sala Especializada seguía sin estar debidamente justificada, pues debía analizarse a fondo el contenido, el contexto, el significado intrínseco de los comentarios del presidente y comprobar que sí se generaron estereotipos y una afectación a Xóchitl Gálvez.

“Dan conclusiones genéricas porque desde mi perspectiva se dio un análisis aislado con argumentos subjetivos. Concluyen que los dos primeros elementos de la jurisprudencia se cumplen porque se dieron en el marco de derechos políticos.
“El estudio de la Sala Especializada se limitó a argumentos genéricos e inconexos, por el simple hecho de que existían referencias por haber nacido en un pueblo o porque se le relacionaba con un grupo oligarca. Lo que concluyeron que implicaba reducir las capacidades de la denunciante, pero esto se parte de elementos subjetivos, es por lo que se considera que el fallo es deficiente”, explicó el magistrado ponente.

Por lo que propuso devolver otra vez el caso a la Sala Especializada para que emita una nueva sentencia justificada, en lo que la magistrada Janine Otálora fue la primera en pronunciarse en contra pues consideró innecesario volver a pasar por ese proceso.

“Las expresiones por el entonces presidente de la República en las que se refiere a que la denunciante en realidad es otros personajes políticos varones, sí constituye una violencia política en razón de género, más no en las otras mañaneras denunciadas.
“La violencia política en razón de género se actualiza con expresiones que denigran a las mujeres con estereotipos de género. Referir que una mujer no es ella misma sino un conjunto de hombres tiene la finalidad de menoscabar su imagen pública. Son expresiones que derivan en descalificaciones que afectan la imagen pública de la quejosa”.

Consideró que el test de cinco elementos de violencia política de género acredita estos estereotipos y recordó que el papel de la Sala Superior que implica que, además, con estos comentarios, el expresidente violó sus deberes de imparcialidad, neutralidad y equidad.

A lo que se sumó el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón quien consideró que la Sala Superior debía resolver y a su criterio, debería hacerlo resolviendo que no se cometió violencia política de género en las mañaneras del 3, 5, 10 y 14 de julio y 3 de agosto en las que el entonces presidente de la República habló de Xóchitl Gálvez refiriéndose a sus orígenes, el creer que sería una buena candidata por haber nacido en un pueblo y por su forma de hablar. Pero que sí debía confirmarse en las del 11 de julio y del 7 y 18 de agosto, en las que se la subordinó a un grupo de hombres.

Además, criticó que el proyecto exija a la Sala Especializada probar con qué intención López Obrador hizo esos comentarios para saber si quería referirse a ella en su calidad de mujer y con estereotipos o no.

“No veo cómo la Sala Especializada podrá probar la intencionalidad, puede hacer una interpretación del contexto pero indagar cuál era la verdadera intencionalidad me parece excesivo”.

Sin embargo, con el voto de la magistrada presidenta, Mónica Soto, y del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, el proyecto del magistrado Felipe Fuentes se aprobó por mayoría para volver a regresar a la Sala Especializada para que se analice de nuevo y se emita una nueva sentencia.

Confirman que AMLO violó la Constitución en otras dos mañaneras 


En la misma sesión pública, la Sala Superior confirmó dos sentencias en contra del ex presidente Andrés Manuel López Obrador y de los funcionarios entonces encargados de las conferencias de prensa, por el contenido de las mañaneras del 23 de abril y 22 de mayo.

A más de cinco meses de la elección presidencial y a más de un mes con Andrés Manuel López Obrador fuera de la Presidencia de la República, la Sala Superior confirmó con proyectos del magistrado Felipe Fuentes y la magistrada Mónica Soto, que violó la Constitución en plena campaña, que generó inequidad en la campaña, que usó indebidamente recursos públicos y que difundió propaganda gubernamental indebida.

En estas dos mañaneras, se acreditaron estos ilícitos electorales, porque el entonces presidente difundió logros de gobierno, habló de programas sociales, de los beneficios “del bienestar” que su administración ofrecía, de las pensiones a adultos mayores y comparó su sexenio con los anteriores, lo que implicó un impacto en el electorado.

Por lo que declararon infundados los alegatos del presidente sobre que sus comentarios están amparados en la libertad de expresión, y los de los funcionarios implicados que intentaron justificar que estaban obligados a un deber jerárquico y acataban instrucciones del presidente.

IOGE

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.