El magistrado presidente del Tribunal Electoral, Gilberto de Guzmán Bátiz sostuvo que con los cambios a la reforma judicial, sus pares de la Sala Superior no tienen continuidad garantizada ni reelección automática, pues primero, deben decidir participar en la elección del 2028 frente al juicio de la ciudadanía.
Ante la polémica que desató el transitorio que el diputado morenista Sergio Gutiérrez Luna incluyó de última hora para revertir el impedimento de que las magistraturas en funciones en la Sala Superior pudieran participar en la próxima elección judicial, con lo que ahora podrán competir por otro periodo en el mismo puesto, el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación opinó sobre el tema.
Durante el evento en Tlaxcala “Diálogos sobre nuestra democracia”, como pocas veces, el presidente de la Sala Superior se involucró en los temas de coyuntura que vive el Tribunal que encabeza y llamó a entender el tema “con precisión”, pues sostuvo que no es una ampliación de cargo automática.
“Esto no constituye una obligación, esto no constituye una continuidad asegurada, y no debemos entenderla tampoco como una reelección automática, sino como la opción democrática que tiene la ciudadanía para que sus justiciables elijan a quienes habrán de competir con reglas bajo un estricto carácter de certeza pública.
“La experiencia jurisdiccional fortalece al sistema democrático y también ofrece a la ciudadanía alternativas confiables, y quienes decidan participar, lo harán frente al juicio libre de las y los mexicanos, y también quien resulte favorecido será depositario de una legitimidad democrática que no sustituye en ningún momento la responsabilidad judicial, al contrario, la incrementa”.
De Guzmán Bátiz García defendió que “trayectorias judiciales con experiencia y capacidad probada” puedan participar en las elecciones, por lo que pidió abordar el tema con “serenidad, con responsabilidad pública y con apego a la Constitución”.
También sostuvo que quienes participan en este nuevo modelo no buscan representar a partidos políticos sino la legitimidad ciudadana, que recalcó, no es incompatible con la imparcialidad que el cargo les exige.
“Las personas juzgadoras no competimos por prometer resultados, por defender plataformas políticas o por representar intereses de grupo. Nuestra función es otra, es decidir conforme a la Constitución, es proteger derechos y sobre todo, es preservar equilibrios, por eso, la legitimidad democrática de origen debe de ser compatible con la imparcialidad, con la solvencia técnica y con la responsabilidad institucional que nos atribuye el cargo.
“Se gana también cuando la elección judicial se organiza con reglas propias, capaces de armonizar legitimidad, imparcialidad y solvencia técnica, y cuando los conflictos se atiendan con imparcialidad, como lo refería, pero también con oportunidad, con sensibilidad y con estricto apego a derecho”.
Y fue insistente en que el voto popular no implica que las elecciones partidistas y las judiciales sean las mismas o tengan las mismas características, pues reiteró que en el caso de los candidatos juzgadores se ha reforzado el requisito de capacidad probada.
EHR