Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) tumban sanción por no destinarse recursos públicos para el empoderamiento político de las mujeres en Tamaulipas, tras considerar “objetivo” el criterio del Consejo General del INE respecto al gasto ejercido por el Partido del Trabajo en ese rubro.
Con una obra de teatro, justificó este último el gasto para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político del género, lo que la Unidad de Fiscalización del INE declaró inválido porque su contenido abordó la violencia contra las mujeres en general, pero sin un enfoque hacia el desarrollo de competencias para su participación y defensa de derechos político electorales.
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La Sala Monterrey del Tepjf rechazó en forma unánime este criterio, al señalar que el INE hizo una calificación subjetiva, y afirmar que la obra de teatro no se alejó del fin perseguido. Apuntó además que el órgano electoral debió indagar o estudiar si el alcance de ese contenido se podía vincular.
“El Reglamento de Fiscalización del INE dispone que su Consejo General vigilará que los partidos políticos destinen el 3% del financiamiento público ordinario, en ese rubro, pero también dispone se pueden integrar actividades relacionadas con los derechos humanos de las mujeres, presupuestos con perspectiva de género y violencia contra las mujeres, como en este caso la obra deteatro”, expuso el proyecto de resolución tras impugnar el PT.
No solo hablar
“No promueve la participación de las mujeres en la vida política”, estableció el INE, al tiempo en que dispuso una multa por 402 mil 734 pesos, mientras el PT alegaba que el mensaje de la obra de teatro generó conocimiento, habilidades y actitudes orientadas a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia política contra las féminas por razón de género.
“Se trata de una obra en la que participan un grupo de mujeres, actuando y ejemplificando situaciones por las que pasan en la vida cotidiana; algunos temas pueden tener relevancia en el contexto más amplio del empoderamiento femenino, pero no están directamente relacionados con la educación política y el desarrollo de habilidades de liderazgo”.
Por lo tanto, el organismo consideró que la actividad no era congruente con los objetivos del gasto, cuyo reglamento implica la realización de investigaciones, diagnósticos, elaboración, publicación y distribución de libros, artículos y folletos, así como la organización y realización de mesas de trabajo, conferencias, talleres, coloquios, seminarios o cualquier evento que permita la capacitación en temas relacionados con la situación de la participación política de mujeres.
El Instituto insistió que no se trata solo de difundir contenidos relacionados con las mujeres, sino que deben llevar su enfoque dirigido al ámbito político y ejercer sus derechos en este sentido, conforme a las reglas del presupuesto específico para disminuir las brechas de desigualdad en este terreno. “Se debe tener especial cuidado de aprovechar los recursos etiquetados”, dijo.
Obra de teatro sí encuadra
Pero la Sala Regional del Tepjf negó esta irregularidad, calificando la opinión del INE como subjetiva, porque la obra de teatro no se aleja mucho de los objetivos que se persiguen al destinar el porcentaje mínimo de financiamiento público para la capacitación y desarrollo de liderazgo político femenino.
“La obra de teatro sí encuadra, por lo que esta Sala Monterrey considera que debe modificarse la resolución del Consejo General del INE, en la que se sancionó al PT por incumplir sus obligaciones. Le asiste la razón al partido, se debe tener por destinado el gasto y solo rechazarlo cuando se quisiera justificar de una manera considerablemente distinta”.
De esta forma cerró el Tepjf el recurso de apelación SMRAP-18/2024 promovido por el Partido del Trabajo en Tamaulipas ante la resolución INE/ CG632/2023 del Consejo General del INE, respecto de las irregulares encontradas en la revisión de informes anuales de ingresos y gastos, correspondientes al ejercicio 2022 en el estado.
Gastos por oficina en CdMx
El PT también buscaba quitarse una multa de 500 mil pesos por no haber acreditado un gasto por concepto de ampliación y remodelación de las oficinas de su Comité Ejecutivo Estatal, egreso que, en criterio del INE, no se probó que tuviera un objeto partidista, al no localizarse el edificio en Tamaulipas sino en la Ciudad de México.
Esta infracción sí subsiste, determinó la ponencia presentada por el magistrado Ernesto Camacho, y que fue aprobada por todos los integrantes del Pleno en su sesión de este fin de semana. Ante ello, al PT se le irá reduciendo el 25% de sus prerrogativas hasta alcanzar dicha cantidad.
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SJHN