TEPJF 'libra' a Delfina Gómez y Luisa María Alcalde de ilícitos electorales en evento de AMLO

El evento de 5 años del Triunfo de AMLO fue una rendición de cuentas; Alcalde enlistó logros de una administración, no de una persona; Delfina Gómez ni siquiera era funcionaria.

TEPJF libró a ambas políticas por su asistencia en evento de AMLO. | Fotos: Cuartoscuro
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

La Sala Superior revocó la sentencia que confirmaba ilícitos electorales de la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, y de la gobernadora del Estado de México, Delfina Gómez, por su asistencia en el evento del presidente Andrés Manuel López Obrador por los “5 Años del Triunfo Democrático” el 1 de julio de 2023.

La Sala Regional Especializada había acreditado que el 1 de julio de 2023, en el evento en el zócalo capitalino para celebrar el quinto año del triunfo del presidente Andrés Manuel López Obrador en la contienda presidencial, la entonces gobernadora electa del Estado de México y la secretaria de Gobernación incurrieron en promoción personalizada a favor del Presidente.

Sin embargo, la Sala Superior, en un proyecto del magistrado Felipe Fuentes decidió revocar esta sentencia porque consideró que ambas funcionarias tienen razón en que las conclusiones de la Sala Especializada fueron excesivos e injustificados.

Primero, porque en ese momento, Delfina Gómez era gobernadora electa y, por lo tanto, al no tener calidad de funcionaria pública, es imposible que se le atribuyera el ilícito de promoción personalizada, que tiene una relación con el ejercicio de recursos públicos y su posición como servidora pública, si en ese momento no estaba al frente de ningún gobierno.

Por lo que se ordenó revocar la sentencia y, por lo tanto, dejar sin efectos la vista que se ordenó al Congreso del Estado de México para que se le sancionara.

Mientras que en el caso de la secretaria de Gobernación se determinó que tampoco incurrió en este ilícito, pues su participación en el evento estuvo justificada y no buscó exaltar al presidente López Obrador personalmente, sino del gobierno.

Las magistraturas concluyeron que se trató de un evento considerado como un ejercicio de rendición de cuentas, y el enlistas los logros del gobierno y beneficiarios de programas sociales, son acciones de la administración en conjunto y no con el interés de exaltar a una sola persona.

“Al tratarse de un evento que remembraba las acciones del actual gobierno, es evidente que algunas de las frases iban a estar encaminadas a señalar los logros conseguidos con esta administración, sin que pudiera considerarse una promoción personalizada en favor del titular del Poder Ejecutivo federal”.

Por lo que también se revocó la sentencia en su contra, su inclusión en el registro de personas del servicio público que han violado las leyes electorales y por lo tanto, la vista a sus superior jerárquico, el presidente de la República para que ordenara alguna sanción.


EHR

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