Sala del TEPJF libra a Sheinbaum y Ebrard de actos anticipados de campaña por mítines

Los magistrados determinaron que ni la Jefa de Gobierno ni el canciller llamaron al voto o hablaron de la elección presidencial.

Marcelo Ebrard y Claudia Sheinbaum en una reunión. | Twitter
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

La Sala Especializada del Tribunal Electoral determinó que ni la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, ni el canciller Marcelo Ebrard incurrieron en actos anticipados de campaña por participar en los mítines de las y los candidatos de Morena a las gubernaturas que se renovaron este año, pues no llamaron al voto, no hablaron de la elección presidencial ni presentaron un plan u oferta de gobierno.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a la Sala Regional Especializada volver a analizar si Sheinbaum y Ebrard cayeron en actos anticipados de campaña, con la exigencia de que esta vez, consideraran todo el contexto de su participación, incluido el respaldo del presidente Andrés Manuel López Obrador a sus aspiraciones presidenciales para el 2024 y si su presencia en eventos masivos podría generar inequidad en esa elección presidencial.

“El 29 de abril, el Presidente de México señaló a determinadas personas como posibles aspirantes a la presidencia de la República y tenemos que señaló en este caso a la Jefa de Gobierno y al secretario de Relaciones Exteriores


"Toda la ciudadanía vio La Mañanera, pero no tenemos elementos de un impacto concreto al proceso del 2024 porque es un acto futuro de realización incierta que vayan a ocupar la candidatura.
“Claro que tuvieron posicionamientos políticos y de apoyo a los candidatos, pero no a la campaña del 2024. Sí tenemos la presencia pero no elementos de ilícitos electorales”, concluyó la magistrada Gabriela Villafuerte.

El proyecto, en el caso de Sheinbuam, indicó que “no se emitieron expresiones que de manera directa e inequívoca ni mediante el uso de equivalencias funcionales se tradujeran en la solicitud de apoyo a través de la denunciada o que solicitara el voto o apoyo a su favor ni que difundiera una plataforma electoral propia, además de que aún no hay un registro formal de ella o un proyecto de continuidad en el gobierno”.

Por lo que no fueron actos anticipados de campaña su participación con los candidatos de Morena en las gubernaturas de Aguascalientes, Durango, Quintana Roo, Hidalgo, Oaxaca y Tamaulipas.

Sin embargo, destacó que en el caso en el que le preguntaron si México estaba listo para tener una presidenta y ella afirmó que sí, la magistrada reiteró, como en la sentencia anterior, que se trató de una pregunta desafortunada y estereotipada, su respuesta también es futura de realización incierta.

En el caso de Marcelo Ebrard, también declararon la “inexistencia de acto anticipados de precampaña y campaña porque al hacer el análisis indicado por la Sala superior, desde la perspectiva de los equivalentes funcionales, no se satisface el elemento subjetivo, ya que no hay petición de apoyo para una eventual candidatura en el proceso de renovación de la Presidencia de la República 2023-2024 o exprese rechazo por alguna presunta candidatura o partido político”.

Además, concluyeron que no generó inequidad en la elección del 2024 porque “se centró en apoyar candidaturas y persuadir a las personas que acudieron a los eventos, sin que expresara manifestación alguna que influyera en la voluntad de las personas para el proceso electoral federal”.

JLMR 

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