La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) deberá indagar con mayor precisión si existe el denominado “Movimiento Nacional Ebradorista” y si éste realizó indebidamente actos anticipados de precampaña o campaña en favor de Marcelo Ebrard, cuando era titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Así lo resolvió la Sala Superior del TEPJF en sesión pública de este miércoles, en la que revocó una sentencia emitida por la Sala Especializada y le ordenó que en 72 horas determine si debe devolver el expediente a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral para ampliar la investigación.
A propuesta de la magistrada Janine Otálora, los magistrados de la Sala Superior revocaron la sentencia SRE-PSC-0039/2023, en la que se consideraron inexistentes las infracciones atribuidas, actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración al principio de imparcialidad, a Marcelo Luis Ebrard Casaubón, así como a los diputados michoacanos Juan Carlos Barragán Vélez y Julieta García Zepeda.
Asimismo, a propuesta del magistrado José Luis Vargas, se revocó también la sentencia SRE-PSC-77/2023, de la misma Sala Especializada, en la que se determinó también la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada y vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos atribuidos a Ebrard, pero, en ese caso, por su asistencia, participación y difusión del evento denominado Instalación del Comité Estatal Chihuahua de Morena Progresista celebrado el 23 de septiembre de 2022 en Chihuahua, presuntamente a favor del entonces canciller.
En ese caso, también se ordenó a la Sala Especializada revisar el expediente y emitir una nueva sentencia.
¿Existe el Movimiento EbradOrista?
El 27 de enero de 2023, el denunciante, Rodrigo Antonio Pérez Roldán, presentó recursos en contra de anuncios de eventos difundidos en redes sociales por el diputado Barragán como parte del denominado ‘Movimiento Nacional Ebradorista’.
En la sesión de este 2 de agosto, la Sala Superior consideró que la Sala Especializada hizo un indebido estudio de los hechos denunciados para acreditar la existencia o no de los posibles actos anticipados de precampaña y campaña y que le faltó exhaustividad respecto del análisis sobre el citado movimiento.
Así, se ordenó a la Sala Especializada que determine la pertinencia para tener certeza, entre otros aspectos, sobre la existencia del Movimiento Nacional Ebradorista y su relación con los hechos denunciados, para poder pronunciarse nuevamente respecto de la acreditación o no de las infracciones reclamadas.
Por ello, le mandataron emitir una nueva resolución a partir de un análisis exhaustivo, congruente, integral y contextual.
Según la denuncia de Pérez Roldán, desde octubre de 2022, el diputado Carlos Barragán “realiza una estrategia indebida con la intención de posicionar a Marcelo Ebrard como un eventual precandidato y candidato de Morena para la Presidencia de México”.
La estrategia, según lo denunciado, incluye actos en las fechas siguientes:
- 29 de octubre de 2022 organizó en Uruapan, Michoacán, una reunión para que se conociera al canciller y se convencieran de que es la mejor opción como candidato.
- 19 de noviembre de 2022 llevó a cabo un foro en Lázaro Cárdenas, Michoacán, en el que promovió la candidatura de Marcelo Ebrard, en el que también asistió la diputada Julieta García.
- 7 de enero de 2023 en la Ciudad de México, siguió con la promoción del secretario de Relaciones Exteriores y el 14 de enero, en la Ciudad de México, difundió la toma de protesta de personas coordinadoras territoriales del Movimiento Nacional EbrardOrista.
La denuncia asegura que “las personas del servicio púbico local realizan llamados expresos a votar en favor de Marcelo Ebrard, lo que constituye una ventaja indebida”, además que “la frase ‘EbrardOrista’ podría implicar un método de identificación de Marcelo Ebrard con el Presidente de México, a fin de generar un posicionamiento sobre la continuidad de la cuarta transformación”.
Dichas publicaciones, “lejos de tener un carácter institucional, fines informativos, educativos o de orientación social, solo tienen la intención de promocionarlo”, acusó el denunciante.
Al respecto, el ex canciller ha expresado que no participó en ninguno de los eventos, ni conoce el “Movimiento Nacional EdradOrista” y que el hecho que se ocupara su imagen no significa que tuviese conocimiento y/o mucho menos participación y que las fotos que se ocuparon se publicaron en otras actividades.
La Sala Superior determinó que la Sala Especializada deberá volver a analizar el caso y en un plazo de 72 horas, determinar si el expediente requiere mayor investigación por parte de la UTCE del INE; de ser así, la UTCE tendrá 10 días para integrar nuevamente el expediente de investigación con nuevos datos y regresarlo a la Sala Especializada.
Finalmente, la Sala Especializada tendrá cinco días más para emitir una nueva resolución con base en las nuevas aportaciones de la UTCE.
LG