La prórroga que solicitó el presidente interino de Morena, Alfonso Ramírez Cuellar, para la renovación de la presidencia y la secretaría general del partido, fue rechazada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; y ante el constante incumplimiento de la sentencia, ordenó al INE encargarse de la realización de la encuesta nacional abierta a la militancia para la elección de dichos cargos.
El TEPJF informó que este tema fue analizado en una sesión privada en donde por mayoría de votos resolvieron dejar sin efectos todos aquellos actos y disposiciones que haya emitido Morena en relación con la elección del CEN y que sean contrarios a la sentencia principal que reiteraron, demuestran un incumplimiento claro en las determinaciones judiciales ordenadas.
Explicaron que Ramírez Cuéllar solicitó una prórroga para que la renovación de la presidencia y la secretaría general del partido se realizara hasta 90 días después de las elecciones del 2021.
“Se consideró improcedente la prórroga ya que implica una modificación de casi un año en el cumplimiento de la sentencia principal e incidentales, que constituyen cosa juzgada, y la encuesta abierta a la ciudadanía bajo el método y condiciones que libremente determine el INE, puede llevarse a cabo en el contexto de la emergencia sanitaria con las medidas de cuidado a la salud indispensables y no resulta necesaria la celebración de asambleas conforme a dicho medio de designación.
Con este criterio se privilegia el orden público e interés social que reviste el cumplimiento de las sentencias, así como el derecho de la militancia a la renovación periódica de sus órganos”, explicó el TEPJF.
También detallaron que Morena alegaba que no podía llevar a cabo la elección en medio de la pandemia de covid-19 pero las y los magistrados coincidieron en “recordarles que sí es posible” pues el INE celebrará el proceso electoral de Hidalgo y Coahuila con medidas sanitarias y avalado por este mismo Tribunal.
“Se determinó que el partido no ha dado cumplimiento a las resoluciones emitidas por la Sala Superior, ya que desde la primera determinación las medidas que se han dictado no han sido eficaces para su cumplimiento.
“Así queda definido que, para la Sala Superior, por encuesta abierta se deberá entender aquella que se realice entre la ciudadanía respecto de personas que se auto adscriban como militantes y simpatizantes de Morena, para la elección de la Presidencia y Secretaría General, dado que el propio partido ha generado una circunstancia de falta de certeza y confiabilidad con un padrón diverso al previamente validado por el INE, además que en ella podrá participar como candidato cualquier militante que cumpla los requisitos estatutarios, salvo el de ser consejero nacional”.
FS