TEPJF ordena reabrir investigación contra Ebrard y Sheinbaum por actos anticipados de campaña

Los magistrados ordenaron reabrir la investigación y realizar un nuevo análisis considerando sus aspiraciones presidenciales.

Con el voto en contra de Mónica Soto, el TEPJF respaldó los proyectos del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón. | Twitter
Jannet López Ponce
Çiudad de México /

La Sala Superior del Tribunal Electoral revocó la sentencia con la que se declararon inexistentes actos anticipados de campaña de la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, y el canciller Marcelo Ebrard.

Además, ordenó reabrir la investigación y realizar un nuevo análisis considerando sus aspiraciones presidenciales, los mensajes que han emitido ante la ciudadanía y el respaldo del presidente Andrés Manuel López Obrador para el 2024.

Con el voto en contra de Mónica Soto, quien no expuso las razones de su rechazo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación respaldó los proyectos del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón con los que revocaron la sentencia de la Sala Regional Especializada en la que se descartó ilícitos electorales por actos anticipados de campaña de Sheinbaum y Ebrard.

El PRI impugnó la resolución al considerar que las magistraturas de la Sala Especializada no realizaron la investigación de manera exhaustiva y más allá de un llamado expreso al voto, no tomaron en cuenta los equivalentes funcionales de las acciones de los aspirantes presidenciales en los eventos masivos y publicaciones en redes sociales y medios de comunicación, que les puede generar una ventaja indebida.

La Sala Superior le dio la razón al partido al considerar que la Sala Especializada incurrió “en falta de motivación y fundamentación al no haber argumentado por qué de los hechos denunciados y del contexto en el que se llevaron a cabo, no se actualizó el elemento subjetivo de actos anticipados de campaña”, lo que provocó “que no se llevaba a cabo un análisis exhaustivo de las denuncias”.

En los proyectos, de los que MILENIO tiene una copia, el magistrado presidente concluyó que “la sentencia se limita a señalar que no se advierten llamamientos al voto y, de forma genérica, señala que tampoco existen expresiones equivalentes funcionales, pero este razonamiento es insuficiente para descartar la posibilidad de que existan”.

La orden para la Sala Especializada es que en esta nueva indagatoria, en específico debe analizar la presencia del canciller y de la jefa de Gobierno en los eventos proselitistas de Morena tomando en cuenta el contexto de los eventos.

Primero, el conocimiento público sobre sus aspiraciones a la Presidencia de la República a partir de sus propios dichos y de las expresiones del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien también los ha enlistado como posibles contendientes en el 2024.

Las magistraturas también tienen que tomar en cuenta si existe sistematicidad en las conductas o una estrategia detrás de ellas para posicionarse ante la ciudadanía; si sus expresiones con el actual gobierno se pueden entender como la intención de continuidad de una política y por lo tanto, pueden entenderse como la presentación de una plataforma electoral.

Así como si existieron manifestaciones con una finalidad electoral que puedan actualizar la variable de actos anticipados de campaña.

Por mayoría de votos, la Sala Regional Especializada tiene cinco días a partir de que reciban la notificación de sentencia para emitir una nueva y determinar si confirman el sentido de su resolución anterior, y deslindan del ilícito de actos anticipados de campaña a Claudia Sheinbaum y Marcelo Ebrard, o si emiten una nueva que pueda generarles responsabilidades que impliquen afectar la contienda presidencial del 2024, lo que a su vez, pondría en riesgo sus eventuales candidaturas.


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