El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el triunfo de la gobernadora electa Martha Erika Alonso en la elección en Puebla.
Con voto decisivo de la magistrada presidenta Janine Otálora, cuatro de siete integrantes de la Sala Superior desecharon las impugnaciones de Morena y del ex candidato Miguel Barbosa, con las que buscaban que la elección fuera anulada.
Reyes Rodríguez Mondragón aseguró que la custodia indebida y la violencia no son pruebas suficientes para anular el triunfo de la coalición Por Puebla al Frente, en los comicios por la gubernatura, por lo que votó en contra del proyecto presentado por el magistrado José Luis Vargas.
“No es suficiente prueba los videos y demás documentación que se exhibió para concluir la violación a la cadena de custodia. No se probó que la violencia fuera generalizada durante la jornada electoral y el método empírico no fue el correcto para demostrar el beneficio de los resultados”, expuso.
El magistrado hizo referencia al conteo de boletas de la elección en el que dijo, se advirtió que con este proceso la alianza entre PAN, PRD y Movimiento Ciudadano perdió 49 mil votos, en tanto que Juntos Haremos Historia perdió 33 mil, menos que la primera, lo cual hubiera sido un resultado inverso de haberse manipulado las boletas a favor de la esposa del ex gobernador Rafael Moreno Valle.
Indalfer Infante Gonzales tampoco compartió el proyecto, al señalar que debe analizarse si la omisión del Organismo Público Local Electoral (OPLE) fue con la intención de interceder en el resultado del proceso electoral y consideró que no se debe generalizar la violencia que se registró en 59 casillas.
El magistrado Felipe de la Mata votó en contra y dijo que la violencia no fue generalizada, sino focalizada, por lo que es motivo insuficiente para anular una elección, ya que dicho fenómeno no trascendió en los resultados.
Argumentó que el voto diferenciado no sólo se ha dado en Puebla y estos resultados se han presentado en otros estados, pues dijo que la diferencia es del 3.5 por ciento entre el primer y segundo lugar, donde la diferencia es de 100 mil votos, contra los 3 millones de sufragios que se depositaron el 1 de julio.
Aseguró que el traslado de los paquetes electorales fue realizado con legalidad y que no existió el laboratorio electoral.
“A falta de pruebas contundentes, los jueces debemos preservar los votos depositados en Puebla, pues estos sólo pueden ser derrotados con evidencia reforzada”, expuso.
Otálora Malassis apuntó que los planteamientos sobre las presuntas irregularidades no fueron definitorios y en la fase de organización y jornada electoral, no se vulneró el principio de certeza, por lo que votó en contra del proyecto de nulidad.
"Yo para poder hacer ese paso y llegar a la nulidad en el entendido de que lo importante es también preservar el sufragio que se expresó en las urnas y que todo nos lleva a indicar que por lo menos en la etapa de preparación llegó, se expresó de manera válida y durante la jornada electoral también, deberíamos de poder acreditar dónde estuvo la afectación a los paquetes electorales, que me quedaría obviamente con el problema de la formación, la preparación, los recursos de los OPLES cuando, en efecto, uno ve en qué condiciones están las bodegas".
¿Quiénes votaron por anular la elección en Puebla?
El magistrado Felipe Fuentes Barrera se pronunció a favor del proyecto de José Luis Vargas, quien argumentó que la violencia generalizada, el robo de urnas, el uso de una camioneta oficial para transportar la paquetería y la apertura injustificada de paquetes electorales es una violación a la cadena de custodia y atenta contra el derecho ciudadano al voto.
“Se violó la cadena de custodia por parte del OPLE y no se justifica la apertura por lo que el resguardo se encontró comprometido”.
Mientras que Mónica Aralí Soto reconoció el trabajo del magistrado Vargas y aseguró que votar a favor o en contra del proyecto fue una decisión compleja por las trayectorias de ambos candidatos y por el hecho de que Martha Erika Alonso sufrió violencia política de género durante la campaña.
Sin embargo, dijo que en la sentencia de irregularidades se valoró que las actas de cómputo no proporcionan claridad respecto a los resultados de las casillas que fueron objeto de conteo, por lo que se determinó “tumbar los cómputos distritales” porque no se cumplió el principio de certeza que marca la Constitución y, en consecuencia, no hubo resultados fidedignos.
“Mi decisión está fundada en la falta de cuidado, resguardo, de los votos en la elección de Puebla, por no cuidar la decisión de la ciudadanía”.
Entre las irregularidades que detalló el proyecto de José Luis Vargas están los actos de violencia registrados en 59 casillas, así como la falta de control y resguardo en la bodega central donde se encontraban los paquetes electorales, a la cual ingresaron en 50 ocasiones personas de las que no hay certeza de que sean funcionarios electorales y sin que existiera un adecuado manejo en la bitácora, tal como ordena el procedimiento electoral.
evl