TEPJF ‘batea’ a Gerardo Priego; alegatos sobre reelección de Cortés, genéricos e imprecisos, dice

La Sala Superior determinó que Priego es omiso en sus argumentos, pues no indica en dónde radican los presuntos agravios del partido al declarar infundada su queja.

Marko Cortés Mendoza, presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PAN. (Cuartoscuro)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

Por argumentos genéricos e imprecisos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó los alegatos del panista Gerardo Priego y respaldó la decisión de la Comisión de Justicia del PAN, que declaró infundadas sus acusaciones sobre la presunta promoción anticipada de Marko Cortés para obtener firmas en su reelección como presidente del partido.

El aspirante a la presidencia nacional del PAN impugnó la respuesta que le dio la Comisión de Justicia del partido por orden de la misma Sala Superior del Tribunal Electoral para determinar si Cortés comenzó a obtener firmas de manera anticipada, y con esto violó la convocatoria para renovar la dirigencia.

La Sala Superior determinó que Priego es omiso en sus argumentos, pues no indica en dónde radican los presuntos agravios del partido al declarar infundada su queja.

“La inoperancia del agravio sobre la omisión de desahogar la prueba de inspección ofrecida deriva de que el demandante es omiso en exponer en concreto cuál sería la materia de la inspección de la cuenta en la red social que señala y las circunstancias de modo, tiempo y lugar que habían quedado acreditadas, a fin de concluir que el denunciado inició anticipadamente la recolección de firmas de apoyo.

“El argumento sobre indebida valoración de los elementos de prueba y determinación sobre la acreditación de los hechos es inoperante, porque el demandante omite controvertir la razón fundamental que sustenta las consideraciones y la conclusión de la responsable en el sentido de que con el material probatorio allegado al procedimiento no se acredita la infracción atribuida al denunciado”.

El proyecto aprobado por unanimidad concluye que su impugnación es “genérica e imprecisa” sobre todo “en la manifestación sobre la emisión de una resolución parcial que violenta la democracia” al interior del partido.

JLMR

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