TEPJF rechaza modificar candidaturas por género en convocatoria del Poder Judicial

Magistrado exigía que se cambiaran las plazas en las que se determinó postular a mujeres, pues consideraba que se afectaban sus derechos.

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Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral rechazó la petición de un magistrado de circuito, de cambiar la convocatoria del Comité de Evaluación del Poder Judicial para la elección de juzgadores y revocar que en la plaza que él tiene se asignen únicamente mujeres, pues esto no implica que pierda su derecho a ser incluido en la lista de candidaturas.

Arturo Alberto González Ferreiro, magistrado de circuito adscrito al Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil y del Trabajo en el decimoséptimo circuito con residencia en Chihuahua, alegó ante el Comité de Evaluación del Poder Judicial que hayan determinado en su convocatoria, que para esta plaza postularán sólo mujeres.

Esto, porque él no declinó a participar en la elección para mantener su plaza pues dijo, su esposa tiene 32 semanas de embarazo depende totalmente de él económicamente, y no puede quedarse desempleado.

Por lo que consideró que al postular únicamente mujeres, esto afecta su derecho a participar para mantener su plaza.

Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó que no le asiste la razón, pues tal como le respondió el propio Comité de Evaluación, el que en el proceso de selección de perfiles elijan sólo a mujeres, esto no afecta en su derecho a ser incluido de forma automática en las listas por ser un magistrado en funciones.

“Su pretensión de ser incluido en los listados para participar en la elección extraordinaria 2024-2025 está garantizada, siempre que no hubiere declinado o manifestado su intención de ser postulado para un cargo o circuito diverso.
“De ninguna forma le afecta que el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación busque postular mujeres. El propio comité le respondió que esto no implica que será excluido de las listas, pues tiene a salvo su derecho de ser incluido”.

Esto, debido a que se respeta lo que marca la propia reforma judicial, que es que toda aquella persona juzgadora en funciones que decida ir a la elección, será incluida en automático, de manera independiente al listado de candidaturas tras el proceso de selección.

Por lo que quedó establecido por unanimidad de votos, que la definición de género de candidaturas en todos los cargos, no afecta a ninguna persona que esté en funciones y haya decidido no declinar a participar en la elección, sin importar si su género coincide o no con el de los perfiles seleccionados mediante el proceso de inscripción e insaculación.

HCM

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