El Tribunal Electoral rechazó la nueva petición del INE para que “analice y valore” los efectos de las suspensiones que emitieron jueces de amparo a la reforma judicial y además, “exhorte” a las autoridades de ámbito penal y hacendarias a no afectar al Consejo General, pues esta vez, concluyeron que esta acción no forma parte de las facultades de la Sala Superior.
MILENIO reveló que con el rechazo de varias consejerías, la Secretaría Ejecutiva del INE volvió a acudir al Tribunal Electoral para que interviniera en las suspensiones que le ordenaban frenar la elección judicial, yendo en contra de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que estableció que estas no son las facultades de la Sala Superior y que ordenó al INE seguir el proceso de amparo, que es ir a los tribunales colegiados.
Este medio confirmó que en sesión privada y sin que hasta este momento se haya hecho público, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó por unanimidad “no dar trámite alguno” a la petición del INE y por lo tanto, no contradecir el criterio de la Suprema Corte.
El proyecto fue elaborado por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y fue aprobado por unanimidad, con votaciones vía WhatsApp sin sesión pública.
La Sala Superior concluyó que “no procede dar trámite alguno a la petición presentada por la secretaria Ejecutiva del INE, porque este órgano jurisdiccional sólo está legalmente habilitado para conocer de los medios de impugnación previstos en la ley, pero no para responder consultas como la que plantea dicha servidora pública en este caso, cuya intención no implica la resolución de un litigio”.
La sentencia detalla que la Secretaría Ejecutiva a cargo de Claudia Arlett Espino presentó un juicio contra las resoluciones emitidas por jueces de distrito entre diciembre y enero, en las que además, acusa a las y los consejeros de haber sido omisos ante la orden de suspender el proceso electoral.
Por lo que “la secretaria ejecutiva del INE solicita que este órgano jurisdiccional analice y valore los efectos que se han generado con la emisión de las actuaciones por parte de los juzgados de distrito.
“Y solicita la intervención de la Sala Superior para que revise, valore y en su caso, revoque los efectos de las determinaciones emitidas por las personas juzgadoras de distrito en diversos juicios de amparo”.
Subraya que no busca que el Tribunal Electoral “analice la constitucionalidad ni la legalidad, sino que intervenga para ordenar que se abstengan de ejecutar acciones que dañen la esfera patrimonial personal y profesional de las consejeras y los consejeros electorales del INE”, ante un “temor fundado de que las autoridades electorales sean forzadas a suspender el proceso”.
Por lo que de manera inédita, pide que la Sala Superior “exhorte a autoridades del ámbito penal y hacendarias” a no aplicar ninguna medida de apremio económica o penal en contra de quienes integran el Consejo General del INE.
MILENIO dio a conocer que este juicio se interpuso cinco días después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó claro que el TEPJF no puede intervenir en este tipo de asuntos, por lo que incluso, la mayoría de las consejerías rechazó que se hiciera este trámite.
Sin embargo, nadie les dio respuesta y se interpuso el juicio, lo que como pocas veces, por unanimidad, las magistraturas coincidieron en que es una “decisión que trasciende al desarrollo o modificación del procedimiento” de suspensiones, por lo tanto, no es atendible.
“En atención al principio de legalidad que limita a las autoridades a conducir su actuación de conformidad con lo que les está expresamente permitido o atribuido y teniendo en cuenta, además, que el planteamiento que se dirigió a esta instancia jurisdiccional no es en sí mismo la promoción de un medio de impugnación, sino que se trata de una solicitud, no procede dar trámite alguno a dicha petición, puesto que no se está alegando alguna violación de derechos humanos ni tampoco se advierte la presencia de alguna controversia o litigio”, concluyó la Sala Superior.
Por lo que esta vez, no cedieron ante la petición del INE que desatendió la instrucción de la SCJN de acudir a los tribunales colegiados de circuito a impugnar lo que no compartiera de las suspensiones.
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