TEPJF revoca sentencia contra AMLO por dilación del INE para investigarlo

Dan la razón al ex presidente López Obrador: INE dilató investigación sin justificación razonable y Sala Especializada lo sentenció fuera del plazo legal.

AMLO, primer político que el Tribunal Electoral ‘libró’ de ilícitos electorales. | Foto: Javier Ríos.
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El ex presidente Andrés Manuel López Obrador se convirtió en el primer político que el Tribunal Electoral ‘libró’ de manera definitiva de ilícitos electorales, por “dilaciones sin una justificación razonable” atribuidas al Instituto Nacional Electoral sobre denuncias presentadas en su contra.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó hace unas semanas a la Sala Especializada, que comience a analizar en sus sentencias la caducidad de las quejas, pues el entonces presidente de la República exhibió que lo estaban sancionando por denuncias presentadas desde 2022, con lo que se actualizaba la caducidad de un año para resolver los procedimientos especiales sancionadores contra funcionarios públicos.

Con este planteamiento del ex presidente, la Sala Especializada ha tenido que revertir varias de sus sentencias o cerrar casos con decenas de denuncias contra diferentes actores políticos que vienen desde 2022, pero que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE retrasó en la investigación y entrega de información al Poder Judicial.

En este caso, la Sala Especializada resolvió que como presidente de la República, López Obrador incurrió en promoción personalizada, violación a la Constitución por vulnerar los principios de neutralidad e imparcialidad, y en uso indebido de recursos públicos por promover desde las mañaneras la marcha del 27 de noviembre de 2022, en conmemoración del cuarto aniversario del inicio de su gobierno.

López Obrador alegó que operaba la caducidad porque se le estaba sancionando dos años después, es decir, fuera del plazo legal establecido de un año.

Por unanimidad, la Sala Superior le dio la razón y exhibió que esto se debió a una dilación injustificable que es responsabilidad directa del INE quien tiene a cargo la investigación de las denuncias.

“Se propone revocar la sentencia recurrida, al estimar que operaba la caducidad de la potestad sancionadora de la autoridad responsable, debido a que, como se detalla en la consulta, transcurrió un plazo mayor de un año para la resolución de los procedimientos, pues las denuncias se presentaron en noviembre y diciembre del 2022, y se determinó la responsabilidad de los infractores en agosto de 2024, sin que se advierta una justificación razonable para la dilación en la investigación”.

Así, esta sentencia contra el ex presidente, por caducidad, quedó completamente sin efectos. Y aunque en su caso tampoco hubiera sido sancionado por el blindaje constitucional con el que cuenta, sí beneficia a los funcionarios de su gobierno implicados, principalmente del área de Comunicación Social quienes sí tendrían responsabilidades.


IOGE 


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