TEPJF sentencia a Samuel García ¡otra vez!, por beneficio ilícito a Máynez

La conducta de Samuel García traspasó todos los límites de su encargo como servidor público en detrimento de la elección presidencial.

TEPJF sentencia a Samuel García por apoyo a Jorge Álvarez Máynez. | Jorge López
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral impuso una nueva sentencia en contra de Samuel García al acreditar que como gobernador de Nuevo León, tuvo una conducta que traspasó todos los límites de su encargo para beneficiar de manera ilícita al ex candidato presidencial de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez.

Por lo que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dio otra vista definitiva al Congreso de Nuevo León para que sancione al gobernador nuevamente por ilícitos electorales, principalmente por haber violado la Constitución al hacer mal uso de su cargo para interferir en las campañas federales de las que no formaba parte.

Y aunque Samuel García intentó frenar la vista al Congreso de Nuevo León para que lo sancionaran alegando que era “indebido”, la Sala Superior le recordó que como titular del Ejecutivo local, sus superior jerárquico es el Congreso estatal, que es quien debe imponerle una sanción por los ilícitos que cometió.

Esta denuncia se basa en un paquete de publicaciones de Samuel García en Instagram, entre el 21 de febrero y el 18 de abril en donde destacaba a Jorge Álvarez Máynez e incluso, colocaba mensajes en contra de las otras candidatas presidenciales, principalmente Xóchitl Gálvez, del PAN-PRI-PRD.

Las historias de Instagram incluían encuestas con la leyenda “¿Por cuál de las siguientes personas votarías para ser presidente de la República?”, destacando al candidato de Movimiento Ciudadano; otras leyendas como “aunque el PRI se vista de azul, PRIAN se queda”, imágenes de los debates presidenciales con Xóchitl Gálvez con un letrero en el que pedía a Claudia Sheinbaum dejar de mentir.

Además de videos de Álvarez Máynez con jóvenes, TikToks en los que otros usuarios lo promovían o la canción de “Máynez presidente”; acompañadas de encuestas en las que presuntamente el candidato de Movimiento Ciudadano avanzaba en las preferencias, con frases como “el fenómeno del PRIAN en odio y negativos” para criticar a la abanderada de esos partidos.

Por lo que la sentencia concluyó que “la conducta del gobernador de Nuevo León, traspasó los límites impuestos inherentes a su encargo como servidor público, toda vez que su libertad de expresión rebasó los parámetros constitucionales que protegen los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, en detrimento de la contienda electoral federal”.

Y declararon existente “la vulneración al principio de imparcialidad, equidad y neutralidad en la contienda electoral atribuida al referido gobernador, así como la existencia del beneficio electoral indebido, atribuido al entonces candidato a la Presidencia de la República y al partido que lo postuló, derivado de las conductas adjudicadas a dicho servidor público”.

Acreditaron el beneficio indebido que recibió Jorge Álvarez Máynez del gobernador de Nuevo León, pues a pesar de que alegaron que se trataba de la libertad de expresión de Samuel García que no dependía de Máynez como candidato, se probó que el mandatario lo etiquetaba en varias publicaciones, sin que el entonces abanderado de Movimiento Ciudadano se deslindara del actuar del gobernador.

“Resultan inoperantes los planteamientos respecto a que en el caso no se actualiza el uso indebido de recursos públicos por el uso de redes sociales personales del gobernador el cual sustenta bajo el supuesto de que se dejaron atender criterios de esta Sala Superior, lo anterior, toda vez que es una infracción que no fue materia de estudio de la sentencia impugnada y en el entendido de que la conducta atribuida al gobernador únicamente se circunscribió a la vulneración al principio de imparcialidad, equidad y neutralidad en la contienda electoral”.

Por lo que se mantuvo firme la decisión de la Sala Regional Especializada que determinó que Jorge Álvarez Máynez deberá pagar una multa de 10 mil 857 pesos; Movimiento Ciudadano de 21 mil 714 pesos y el Congreso estatal determinará lo que corresponda para Samuel García.


IOGE 

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