El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) hacer una búsqueda exhaustiva de toda la documentación en la que se demuestre que el gobierno federal ahorró más de 150 mil millones de pesos en compras durante 2019.
En sesión pública virtual, el pleno del organismo revocó una respuesta que la SHCP había dado a un ciudadano que solicitó documentos que comprueben lo dicho por la secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval, en la conferencia matutina del 18 de noviembre de 2019, en la que afirmó que "los ahorros por compras consolidadas y la renegociación de contratos superan los 150 mil millones de pesos".
“Se solicita que la dependencia indique la manera en que realizó esta estimación, así como la información correspondiente de los montos de los contratos en que hubo ahorros en comparación con el año o años previos y la información correspondiente que permita asegurar que representaron un ahorro”, dice la solicitud formulada por el ciudadano requiriente.
En respuesta, la SHCP dijo que tal afirmación correspondía solo a lo relacionado con las adquisiciones de la Secretaría de la Función Pública (SFP) y no de todo el gobierno federal.
“En respuesta, a través de su Oficialía Mayor, manifestó que las declaraciones que hizo la titular de la SFP aluden a esa misma dependencia, razón por la cual se encontraba impedida para proporcionar alguna expresión documental que atendiera el requerimiento del particular y precisando que no era necesario que el comité de transparencia confirmara formalmente la inexistencia aludida”, expuso la comisionada Blanca Lilia Ibarra al presentar el proyecto de resolución en el que se revocó esa respuesta.
Ibarra explicó que, en el análisis efectuado por su ponencia, se encontró que “la SHCP, a través de la Oficialía Mayor, se encarga de determinar los bienes y servicios que serán contratados de manera consolidada, es decir, es la facultada para llevar a cabo los procedimientos de compras consolidadas de bienes y servicios de la Administración Pública Federal, por lo que podría contar con información de interés del recurrente”.
Por ello, la comisionada propuso revocar la respuesta de la SHCP y ordenarle buscar de manera exhaustiva toda la documentación relacionada con ese monto de ahorros en compras consolidadas.
“Resulta de gran interés el que se conozca la forma en que se calcula tales ahorros, pues permitirá tener certeza y claridad sobre la manera en que el gobierno federal ha logrado una reducción tan importante en el gasto relacionado con las adquisiciones del sector público; como sabemos, los discursos disponibles para atender las necesidades de la sociedad son limitados, por lo cual, es indispensable que quienes toman decisiones establezcan las medidas necesarias para optimizar su utilización”, agregó la comisionada Ibarra.
INAI extiende suspensión de plazos en respuestas a solicitudes de información
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) determinó ampliar la suspensión de términos y plazos, que se decretó desde el 20 de marzo a causa de la epidemia de coronavirus, hasta el 15 de junio para todos los sujetos obligados que no realicen actividades esenciales.
En sesión pública virtual, el pleno del INAI votó por mantener suspendidas las respuestas a solicitudes de información que sean dirigidas a instituciones públicas federales que no estén considerados como esenciales en México durante la cuarentena impuesta por la pandemia.
El comisionado Óscar Guerra Ford aclaró que la suspensión se mantiene para alrededor de 550 sujetos obligados, mientras que para los 240 a los que ya se les había levantado la suspensión el 30 de abril, la decisión de este miércoles ya no tiene efectos.
Desde el 30 de abril, en una sesión extraordinaria celebrada de manera virtual por el pleno del INAI, se determinó que más de 240 dependencias federales, incluidas 15 secretarías de Estado y más de 70 fondos y fideicomisos, cuyas actividades son consideradas necesarias durante la cuarentena, por lo cual no pueden suspenderse, están obligadas a responder de inmediato a las solicitudes de transparencia que se les formulen durante la epidemia de covid-19, pues realizan actividades esenciales.
El acuerdo en el que se enlistan a los 240 sujetos obligados para los que ya no hay suspensión de plazos fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de mayo.
jlmr