Con una amonestación pública sancionó el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) al candidato a la presidencia municipal de Pachuca por la candidatura común Juntos Haremos Historia en hidalgo, Pablo Vargas González.
Esto al resolver el Procedimiento Especial Sancionador (PES) bajo expediente TEEH-PES-013/2020, promovido por Virginia Anario Martínez, afiliada al partido Morena, en el que acusó a Vargas González de actos anticipados de campaña mediante publicaciones en sus redes sociales, así como en la celebración de reuniones con la ciudadanía antes de que la Ley permitiera la emisión de sus mensajes proselitistas o de llamado al voto.
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Pese a que la actora acusó al abanderado de los partidos Morena, Verde Ecologista de México (PVEM), del Trabajo (PT) y Encuentro Social Hidalgo (PESH) de sostener reuniones desde el 26 de agosto, el órgano jurisdiccional local desestimó que en ellas se haya incurrido en esta violación de la normativa electoral; sin embargo debido a una publicación en su cuenta de Twitter del pasado 20 de abril de 2020, de una imagen que promociona una foto de Pablo Vargas donde sobresale el texto: “Pablo Vargas es el mejor candidato para Pachuca, pero ustedes todavía no están listos para esta conversación”, se consideró que se publicita desde ese mes y se adelanta a los tiempos proyectándose como la mejor opción para gobernar el municipio, por lo cual se le sancionó con amonestación pública.
En otro tenor el TEEH desechó cinco Procedimientos Especiales Sancionadores (PES) donde se buscó acusar de actos anticipados de campaña a diversos candidatos y candidatas que contienden en esta elección, sin embargo no pudieron acreditar los elementos para poder acreditar la sanción pertinente y únicamente se limitaron a dar vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) para que en el ámbito de sus atribuciones haga las investigaciones pertinentes y tenga conocimiento de algunas bardas que ocupan algunos partidos políticos para promocionar sus perfiles y de esa forma sean contabilizadas en sus gastos de campaña.
Finalmente en el Juicio para la Protección para los Derechos Políticos y Electorales del Ciudadano (JDC) TEEH-JDC-144/2020, promovido por Margarito Ramiro Reséndiz, en contra de la elección de delegados y subdelegados de la comunidad de Villa Juárez en el municipio de Nicolás Flores, de declaró infundado el agravio; pues el demandante accedió a la convocatoria y lineamientos para celebrar esta elección de figuras auxiliares de la administración municipal y al no ser favorecido en este proceso buscó impugnarlo.