En Hidalgo, plantean sancionar turismo sexual en menores de edad con 20 años de cárcel

La iniciativa plantea reforma al Código Penal para establecer el tipo penal de turismo sexual en menores de edad y sancionar esta conducta delictiva

Turismo sexual. (Archivo)
Alejandro Reyes
Pachuca /

La diputada local del Partido Nueva Alianza, María Adelaida Muñoz Jumilla, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal y a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para establecer el tipo penal de turismo sexual en menores de edad y sancionar esta conducta delictiva con hasta 20 años de cárcel.

Así la reforma al Código Penal plantea que comete el delito de turismo sexual quien promueva, permita, publicite, invite, facilite, financie o gestione por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del territorio estatal con la finalidad de que realicen cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de 18 años de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o no se pueda resistir a éste, y se le impondrá una pena de diez a 20 años de prisión y multa de quinientas a mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.

La punibilidad se aumentará hasta en una mitad cuando sea cometido por la persona que tuviese al ofendido bajo su tutela, guarda o custodia; exista entre el sujeto activo del delito y la víctima alguna relación familiar, de parentesco o de confianza; o sea cometido por un servidor público además se le destituirá e inhabilitará para desempeñar cargos públicos por el tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

De igual modo, se impondrá una pena de prisión de ocho a 16 años y multa de quinientas a mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, a quienes ingresen al territorio del estado con la finalidad de realizar actos sexuales reales o simuladas con las personas menores de 18 años de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o no se pueda resistir a éste.

En tanto, las reformas a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes plantean que las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a implementar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por: la corrupción de menores, el turismo sexual infantil o el lenocinio contra personas menores de 18 años de edad.

Asimismo, a las autoridades estatales y municipales, de manera concurrente, corresponde el ejercicio de las siguientes atribuciones: diseñar e implementar políticas y programas para prevenir, desalentar y reducir los delitos de turismo sexual, lenocinio o pornografía de personas menores de 18 años de edad así como la adopción de mecanismos para la atención especializada a víctimas, garantizando en todo momento el interés superior de la niñez.

El turismo sexual es la explotación sexual de niños y adolescentes por visitantes, en general, procedentes de países desarrollados o también visitantes del propio país, involucrando la complicidad, por acción directa u omisión, de los sectores y servicios del ramo del turismo, puede ser a través de viajes organizados en grupos o individual, en los que se incluye dentro de los servicios a ser prestados, relaciones sexuales con menores de edad en el lugar de destino.

La secretaria de la Mesa Directiva del Congreso del estado, Michelle Calderón Ramírez turnó la iniciativa a las Comisiones conjuntas de Seguridad Ciudadana y Justicia y de Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis y dictaminación.

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