Berenice Rangel y su madre Margarita fueron víctimas de un ataque con ácido el 3 de enero de 2021. Un hombre en situación de calle las atacó, en un terreno que ambas cuidaban en San Luis Potosí. Pese a que conocían a su agresor y dijeron a las autoridades dónde podrían localizarlo para su detención, éstas se negaron. Aseguraron que no se podía levantar una orden de aprehensión contra una persona cuyo nombre no sabían las víctimas a ciencia cierta. El ataque les dejó graves heridas en la cara, el brazo y el torso y, tres años después, esas marcas y cicatrices son prueba del delito.
‘Alberto’, nombre que pondremos al agresor para identificarlo en esta nota, está hoy prófugo. Era una persona que rondaba los 40 años y vivía en las calles de una colonia en la periferia de la capital de San Luis Potosí. Él junto con otro compañero se dedicaban a vender ropa o artículos usados para sacar dinero. Un día se acercaron a Margarita y le pidieron que los dejara quedarse en un cuartito en obra negra dentro del terreno, a cambio de una pequeña suma de dinero. Margarita accedió.

Pasaron las semanas y se quedó sólo Alberto. De acuerdo con las víctimas, empezó a hacer mal uso del cuarto, ingería sustancias ilegales, por lo que le pidieron que mejor se retirara. Él se molestó y el día en que ellas acudieron a pedir el espacio, las agredió física y verbalmente. Primero les gritó, las empujó, golpeó; luego lanzó mensajes con groserías, esperando ahuyentarlas, lo cual hizo que ellas se replegaran hacia la puerta, donde finalmente lanzó ácido de una botella. Eran casi las seis de la tarde.
En un inicio, Berenice, de 34 años, maestra de música, pensó que se trataba de orines pero en menos de un minuto se dio cuenta de que era algo peor: sintió como el líquido que le habían rociado penetraba el rostro y algunas partes de su cuerpo, mientras escuchaba a su madre también quejarse por el dolor que el ácido les provocaba.
Acudieron a un hospital de la entidad para atender sus lesiones. Ahí les dijeron que, a diferencia de otro tipo de agresiones, este ácido no había penetrado fuertemente pero que habría secuelas. En el caso de Margarita, quedarían algunas marcas en su piel que podrían eliminarse con cirugía; respecto a Berenice, se le informó que perdería la visión de su ojo izquierdo. Aunque les dijeron que llegarían los ministeriales a tomar su declaración, esto no ocurrió. Berenice y Margarita tuvieron que trasladarse ellas mismas, en estado convaleciente, hasta la Fiscalía para levantar una denuncia.
De acuerdo con el Fondo Internacional de Sobrevivientes del Ácido, cada año hay alrededor de 2 mil 400 casos de agresiones con ácido y otro tipo de sustancias corrosivas, de los cuales en la mayoría las agredidas son mujeres y niñas; los perpetradores son hombres, casi siempre conocidos, con quienes las víctimas sostenían o habían tenido algún tipo de relación cercana, ya sea de confianza, parentesco o sentimental.
En San Luis Potosí se tienen registros de al menos tres ataques más de esta índole, de acuerdo con la Fundación Carmen Sánchez.
Las víctimas conocían el rostro de su agresor y dónde se encontraba
“Sí cambia la vida, no necesariamente tuve que haber tenido más lesiones o haber sido más grave la situación para que cambiara mi vida. Creo que es importante que se reconozca el impacto y los cambios que puede generar un ataque con ácido en la vida de una persona”, dice Berenice a la revista DOMINGA.
Pese a la gravedad de las heridas, desde un inició las autoridades catalogaron el delito como “lesiones”, lo que se considera un delito no grave en México. Tras tomarles la declaración, Berenice y Margarita regresaron a casa y ahí se enteraron de que su agresor seguía en la zona –a menos de 12 horas del ataque–. Los vecinos lo habían visto, lo conocían porque rondaba mucho por la colonia. Aunque llamaron a las autoridades para pedirles que lo detuvieran, nadie acudió y se perdieron horas clave para su detención.
De acuerdo con la Constitución, pudo haber sido aprehendido poco después de los hechos siempre y cuando lo presentaran ante el Ministerio Público.
Berenice relata que, pese a que ellas brindaron información fundamental a las autoridades, como las características físicas de la persona y el lugar en donde solía encontrarse –que era el terreno de la familia de las víctimas–, no fueron tomados en cuenta. Las autoridades explicaron que, de acuerdo con los protocolos, era necesario que el agresor estuviera plenamente identificado y, como ellas no tenían certeza de sus datos, como su nombre completo o algún domicilio legal para su notificación, al ser una persona en situación de calle les negaron la emisión de esa orden.
Cabe mencionar que incluso los primeros seis meses posteriores al ataque, el agresor seguía moviéndose por zonas aledañas, dedicándose a la recolecta de cosas usadas para posteriormente venderlas; sin embargo las autoridades no hicieron nada y en ese tiempo Berenice dice que se enteró por vecinos que alguien le notificó que lo estaban buscando así que huyó de la entidad con sus pocas cosas, sin que hasta el momento se conozca su paradero. Se presume que podría estar en Guanajuato ya que algunos conocidos comentaron que esa era su entidad de origen.
Pero ¿qué dice la ley en México?
Aunque las autoridades aseguran que actuaron conforme a derecho, la realidad es que no hay ningún artículo que diga que es necesario tener el nombre completo de agresor para detenerlo o girar una orden de aprehensión; de hecho, según el Artículo 19 de la Constitución, es posible librarse una orden de aprehensión siempre y cuando haya una denuncia de que se cometió un delito y exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió, lo cual en este caso sí ocurrió: dos personas lo señalaban como su agresor.
Además, este mismo artículo señala que en casos urgentes, cuando se trata de delito grave y ante el riesgo fundado de que el indiciado pueda escapar de la justicia, el Ministerio Público podrá –bajo su responsabilidad– ordenar su detención, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder; sin embargo, en la historia de Berenice y Margarita esto tampoco pudo ser aplicado. Pese a la gravedad de lo ocurrido, quiénes levantaron la denuncia no consideraron que el delito fuera de alto impacto.
El ácido dejó secuelas, ellas buscan justicia
A cuatro años de lo ocurrido, Berenice vive no sólo con el miedo de salir a la calle, por si vuelve a encontrarse con su agresor, hoy prófugo de la justicia; el simple hecho de salir sola o caminar hacía su trabajo se volvió un reto diario, de luchar con los miedos y los fantasmas que la persiguen desde el día del ataque con ácido.
“En el aspecto emocional ha sido largo y muy pesado, he tenido que tomar terapia psicológica y a la vez terapia psiquiátrica, tuvo que ser con medicamento, a partir de que empezó el estrés postraumático y la psicosis; es difícil porque te sientes perseguido, es como si todo el tiempo tuvieras que estarte cuidando de algo”, dice Berenice.
Pero además debe lidiar con las marcas que este hecho dejó en su piel: derivado del ataque con ácido perdió la vista de un ojo y el otro quedó con una visión bastante deficiente. En algunas ocasiones no lo puede abrir del todo. Esto la ha afectado gravemente en su trabajo como maestra e intérprete de música clásica y regional huasteca, ya que cada vez le resulta más complicado leer las partituras, así como tocar instrumentos musicales, como el piano y el violonchelo. Y además ahora le da un poco de miedo cada que se presenta en público, de pensar que le están viendo las heridas.
Para Berenice, la justicia implica no sólo que ella y su mamá accedan a la reparación del daño. Su principal lucha es porque se reconozca que los ataques con ácido son delitos de alto impacto hechos con dolo, que pueden acabar con la vida de las mujeres. Aunque por fortuna ella sobrevivió y sus heridas han sanado poco a poco, hay mujeres que han perdido su movilidad y su proyecto de vida.
Hoy para penalizar este tipo de delitos existe la Ley Malena –impulsada por la activista María Elena Ríos en 2019, víctima de este tipo de agresiones– que tipifica el delito de violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas, que causen daños a la integridad de las mujeres, adolescentes, niñas y niños, personas transgénero, transexuales y con discapacidad, y puede ser sancionado con penas de ocho a 12 años de prisión, y de 11 a 46 cuando las lesiones sean consideradas en grado de tentativa de feminicidio.
GSC/LHM