¡Prepárate con tiempo! evita estos errores en tu declaración anual de impuestos

Revisa a qué personas físicas les toca y algunas otras recomendaciones para cumplir en tiempo y forma.

Las personas tienen del 1 al 30 abril para presentar su declaración anual.
Eduardo Mendieta Sánchez
Monterrey /

Como cada año, las personas tienen del 1 al 30 abril para presentar su declaración anual y especialistas en la materia invitaron a los contribuyentes a que se preparen con tiempo para evitar errores en el llenado de esta importante obligación fiscal.

Las personas físicas obligadas a presentar la declaración anual son las que se encuentran entre los siguientes regímenes: servicios profesionales (honorarios), actividades empresariales, plataformas tecnológicas, arrendamiento, intereses, dividendos, enajenación de bienes y adquisición de bienes.

El abogado fiscalista, Marcelo Flores Serna, exhortó a los contribuyentes a que tomen sus previsiones y cumplan en tiempo y forma con la presentación de su declaración.

“Todos sabemos que cumplir con este trámite puede llegar a ser confuso, por lo que existen algunas recomendaciones que pueden seguir, una es tener sus documentos organizados, otra es presentar su declaración en tiempo, contar con su e.firma actualizada, tener cuidado con la información que se declara y tener mucho cuidado que la documentación que se suba no sea falsa.
“Una vez que hayas llenado todos los formularios correspondientes a tu régimen revises bien que los datos que hayas ingresado sean los correctos. Es importante revisar la suma del ISR, las cantidades que colocas y por supuesto toda la información básica como tu RFC y tu nombre.”, precisó el fundador del despacho LBM México.

Es importante mencionar que las personas físicas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores, que obtuvieron ingresos de otra actividad y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos también deberán presentar la declaración anual.

"Un punto importante es que las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración anual y corresponden a los gastos realizados durante el año por los contribuyentes, siempre y cuando se haya solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas", señaló Flores.

Dentro de los gastos deducibles se encuentran los honorarios médicos, dentales, psicólogos y nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.

El abogado fiscalista hizo un llamado a los contribuyentes para que utilicen el simulador del SAT y se vayan familiarizando con la plataforma o acercarse a un especialista para asesorarse en la materia. Puedes accesar al simulador AQUÍ

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