El Congreso del Estado de Hidalgo aprobó el otorgamiento de licencias menstruales de dos días al mes a trabajadoras al servicio del gobierno tanto estatal y municipal, así como de las que realizan faenas en los organismos descentralizados.
La licencia será con goce de sueldo. Lo anterior, durante la sesión llevada a cabo el miércoles 24 de mayo; la propuesta presentada por el diputado local Osiris Leines Medécigo fue aprobada con 22 votos a favor.
Tras la aprobación de la licencia menstrual a trabajadoras en el estado de Hidalgo, mujeres aplauden la iniciativa y asociaciones aseguran que es un paso más hacia el respeto de sus derechos.
¿Cómo funciona la licencia menstrual en Hidalgo?
Para hacer uso de la licencia debe comprobarse el diagnóstico de la dismenorrea ya sea primaria o secundaria, ello con un documento médico que debe ser expedido por una o un ginecólogo.
La reforma a la Ley establece que las mujeres y personas menstruantes trabajadoras a quienes se les haya diagnosticado con dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante, dispondrán de permiso con goce de sueldo para ausentarse de su centro de trabajo por dos días cada mes.
Para tal efecto, deberán presentar en el área correspondiente de su centro laboral el certificado médico que lo acredite, mismo que será emitido por la persona especialista en ginecología de alguna institución del Sistema Nacional de Salud.
Dicho certificado tendrá una vigencia de seis meses a partir de su expedición, al término del cual deberá realizarse una nueva valoración médica para confirmar el diagnóstico; mismo que en ningún momento podrá ser considerado como enfermedad profesional o riesgo de trabajo.
¿Para quién aplica la licencia menstrual?
La licencia menstrual en Hidalgo aplicará para mujeres y personas menstruantes, trabajadoras de gobierno y organismos descentralizados diagnosticadas con dismenorrea ya sea primaria o secundaria.
¿Qué es la dismenorrea primaria?
De acuerdo con información del IMSS, la dismenorrea es el dolor durante la menstruación de tipo cólico en la porción inferior del abdomen presente durante al menos 3 ciclos menstruales; cuya evolución clínica varia entre 4 horas, hasta 4 días. Se clasifica en dismenorrea primaria y secundaria.
Se considera que la dismenorrea primaria es más común que se presente antes de los 20 años, ocurre en ausencia de una causa identificable, es decir, dolor sin patología pélvica con un inicio en los primeros seis meses después del primer periodo menstrual.
¿Qué es la dismenorrea secundaria?
La dismenorrea secundaria es el dolor menstrual asociado a una patología subyacente y su inicio puede ser años después de la menarca.
El diagnóstico clínico debe hacerse con una historia clínica y un interrogatorio amplio que incluya edad de la menarca, características de los ciclos menstruales, edad en que inicio la dismenorrea, características del dolor (sitio, tipo de dolor, irradiación, intensidad, duración, síntomas que lo acompañan, y factores que lo exacerben o disminuyan).
En pacientes con vida sexual activa se debe investigar edad de inicio de la misma, número de compañeros sexuales, enfermedades de transmisión sexual, abuso sexual, al igual que dispareunia y método anticonceptivo utilizado.
La causas ginecológicas de esta pueden ser Endometriosis, Síndrome Adherencial, Enfermedad pélvica inflamatoria, Miomas, Síndrome congestión pélvica, Adenomiosis, Estenosis cervical, Pólipo endometrial, malformaciones obstructivas del Tracto Genital.
Otras causas no ginecológicas: gastrointestinales, genitourinarias, musculo esqueléticas, psicológicas.