Ahora que Edomex vuelve al color amarillo ¿recuerdas las medidas de prevención al salir?

Te contamos las actividades que sí puedes realizar y aquellas que permanecen suspendidas para evitar contagios de covid.

Los espacios de servicio deberán respetar aforos, horarios y reglas para operar. | Sergio Sánchez-Hidalgo
Toluca /

Tomando como base el “Acuerdo por el que se establecen medidas para la continuación de actividades económicas, sociales y gubernamentales con motivo del virus SARS-CoV-2 en el Estado de México”, publicado en la Gaceta de Gobierno, con fecha 7 de mayo de 2021, durante el Semáforo Amarillo, están permitidas las siguientes actividades:

Comercios pequeños

Los comercios al por menor y al por mayor, tales como papelerías, tiendas de ropa, jugueterías, mueblerías, refaccionarias, tiendas de artículos electrónicos y las relacionadas con servicios personales como peluquerías, tintorerías, talleres, locales de reparación de electrodomésticos y mantenimiento en general, así como los servicios religiosos, podrán operar hasta las 21:00 horas de lunes a domingo, limitando en todos los casos su aforo a 50 por ciento de su capacidad.

Centros y plazas comerciales

Por otra parte, los centros, plazas comerciales y tiendas departamentales, podrán tener un aforo de 50 por ciento en su horario habitual de operación.

Espacios culturales

En tanto, los locales o espacios destinados a actividades culturales, auditorios, foros, exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros, podrán operar a 50 por ciento de su capacidad y la última función podrá iniciar a las 23:00 horas.

Áreas Naturales, gimnasios y balnearios

Espacios públicos, parques, zoológicos, áreas naturales, gimnasios, balnearios, albercas públicas, baños públicos, vapores, spas, actividades acuáticas y campos deportivos, así como las actividades físicas y recreativas al aire libre, podrán observar un aforo máximo de 50 por ciento.

Las unidades económicas que proporcionen el servicio de hospedaje, también podrán observar este mismo incremento.

Restaurantes

Los restaurantes y establecimientos de venta de alimentos preparados y bebidas podrán operar en los siguientes términos:

  • Con un aforo de 50 por ciento de su capacidad en espacios abiertos y cerrados.
  • Se podrá hacer uso de las zonas destinadas para el consumo de tabaco, de conformidad con las normas sanitarias aplicables en la materia.
  • No se permitirá la música en vivo.
  • Podrán operar de lunes a domingo hasta las 00:00 horas. A partir de las 00:00 horas podrán continuar prestando el servicio a domicilio o para llevar.

Casinos y boliches

Las salas de sorteos de números, centros de apuestas remotas (casinos), podrán permanecer abiertos con un aforo de 40 por ciento y hasta las 22:00 horas.

Los boliches y billares podrán hacerlo con un aforo de 20 por ciento y hasta las 20:00 horas.

Eventos particulares

En Semáforo Amarillo se permitirá que las unidades económicas cuya actividad sea la renta de espacios para llevar a cabo eventos particulares puedan abrir sus puertas bajo los siguientes términos:

  • Exclusivamente en exteriores.
  • Aforo de 40 por ciento.
  • Operación hasta las 21:00 horas.
  • Sin venta de bebidas alcohólicas.
  • No se permitirá la música en vivo ni la instalación de pistas de baile.

Las demás que se establezcan en el protocolo que para tal efecto expida la autoridad sanitaria.

Prácticas en talleres y laboratorios

Las prácticas en talles y laboratorios en las instituciones de educación media superior y superior, públicas y privadas, en los términos que determine la Secretaría de Educación del Estado de México, podrán tener un aforo de 50 por ciento.

Mientras que en la prestación de servicios varios, profesionales, científicos o técnicos se deberá privilegiar el trabajo a distancia, el uso de medios electrónicos, la limitación de aforo y en su caso privilegiar los horarios escalonados.

Actividades gubernamentales

Las actividades gubernamentales continuarán funcionando en términos de los acuerdos emitidos por la autoridad sanitaria y los que sobre el particular hayan expedido o expidan las dependencias e instituciones públicas competentes, privilegiando el trabajo a distancia, el uso de medios electrónicos, la limitación de aforo y en su caso los horarios escalonados.

Actividades suspendidas

Continúan suspendidas las actividades de bares, cantinas, salones de baile, discotecas y video bares, centros nocturnos, centros botaneros y cerveceros y cualquier establecimiento para venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato o al copeo.

Los eventos masivos de cualquier tipo (políticos, religiosos, sociales, etc.), eventos o espectáculos públicos, salones de eventos y fiestas interiores, verbenas, palenques, ferias, desfiles, fiestas populares y cualquier otra análoga a las anteriores que impida el cumplimiento de las medidas preventivas y de seguridad.

Estas disposiciones podrán cambiar, una vez que se publique un nuevo acuerdo por parte de la Secretaría de Salud, a través de la Gaceta de Gobierno.

KVS

  • Monserrat Mata
  • monserrat.mata@milenio.com
  • Reportera en MILENIO Estado de México desde 2016, egresada de la Facultad de Humanidades de la UAEMex. Escribo sobre Salud, Desarrollo Agropecuario y Medio Ambiente.

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