Recuerdan a colegios no retener documentos escolares por falta de pagos

Fausto Villarreal explicó que esta práctica, recurrente en algunos colegios particulares al término de los periodos escolares

Recuerdan a colegios no retener documentos escolares por falta de pagos
Joaquín López
Tampico /
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Con el cierre del ciclo escolar a la vuelta de la esquina, las ceremonias de graduación y la entrega de boletas y certificados saturan la agenda familiar. Sin embargo, para algunos padres de familia este periodo se convierte en una etapa de presión.

Ante esto, el abogado especialista en Derecho Civil, Familiar y Mercantíl, Fausto E. Villarreal, sostuvo que las autoridades educativas y el marco legal vigente son tajantes: ninguna institución educativa privada puede retener documentos oficiales de los alumnos como medida de presión por la existencia de adeudos o falta de pago de colegiaturas.

La Secretaría de Educación Pública (SEP) y la legislación local señalan que el derecho a la educación y el acceso a los documentos que acreditan los estudios de los menores están por encima de los conflictos económicos entre los padres y los planteles.


El sustento legal: Protección al alumno


Fausto Villarreal explicó que esta práctica, recurrente en algunos colegios particulares al término de los periodos escolares, se encuentra expresamente prohibida por la ley con los siguientes reglamentos:

Ley General de Educación: En su artículo 146, estipula claramente que se sancionará a quienes "retengan documentos personales o académicos de los educandos por falta de pago de contraprestación alguna".

Legislación Estatal: A nivel local, las leyes de educación correspondientes replican esta prohibición, catalogando la retención de boletas o certificados como una infracción grave que puede derivar en multas económicas considerables o, en casos de reincidencia, la revocación del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE).

El litigante dejó en claro que la normativa constitucional protege el interés superior de la niñez, pues el criterio legal imperante es que las escuelas privadas cuentan con las vías civiles e institucionales adecuadas para demandar el cobro de las colegiaturas rezagadas, pero no pueden utilizar la documentación oficial como "rehén" o mecanismo de cobro directo, ya que esto frena el avance académico del estudiante y vulnera sus derechos fundamentales.


¿Qué hacer si le retienen los documentos?


Si al acudir a la entrega de papeles de fin de cursos el plantel condiciona la entrega de las boletas o certificados de graduación a la liquidación de saldos, los padres de familia pueden tomar las siguientes medidas de inmediato:

Privilegiar el diálogo: Recordar formalmente a la dirección del plantel que la retención de documentos es una violación administrativa sancionada por la ley, buscando un convenio de pago flexible que no afecte la entrega.

Acudir ante las autoridades educativas: Presentar una queja formal ante la subsecretaría de educación correspondiente o el Centro de Desarrollo Educativo (CREDE) de su localidad para que la autoridad intervenga directamente ante el colegio.

Denunciar ante Profeco: Dado que las escuelas particulares prestan un servicio comercial regularizado, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) también recibe denuncias por cláusulas abusivas o retención ilegal de documentos, aplicando sanciones al proveedor del servicio.

La documentación académica pertenece al alumno y es indispensable para su inscripción en el siguiente nivel educativo. Las autoridades hacen un llamado a reportar cualquier irregularidad durante estas semanas de clausura escolar para garantizar una transición pacífica y apegada a derecho para miles de estudiantes.


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