Este jueves, durante la Sesión Ordinaria del Congreso local, Morena volvió a exhibir división interna al presentar dos iniciativas distintas para reformar el delito de acecho. Por un lado, la propuesta fue impulsada por la diputada María Eugenia García Oliveros y, por otro, por Martha Edith Moreno Valencia.
Cabe recordar que una situación similar ocurrió el pasado 29 de enero, cuando la diputada María Eugenia García Oliveros presentó de manera individual una iniciativa en materia de despenalización del aborto en la Diputación Permanente; posteriormente, sus compañeras de bancada Hades Berenice Aguilar Castillo, Martha Edith Moreno Valencia, Plásida Calzada Velázquez y Miriam Reyes Carmona presentaron otra propuesta en el mismo sentido.
En esta ocasión, en el pleno, la diputada morenista Martha Edith Moreno Valencia presentó una iniciativa de reforma para homologar el delito de acecho previsto en el Código Penal local con la reciente reforma a nivel nacional.
Señaló que tipificar el delito de acecho es fundamental para sancionar conductas que, de manera aislada, podrían parecer inofensivas, pero cuya persistencia altera gravemente la vida de la víctima.
"Sobre el asecho, Guanajuato necesita dar nombre a una violencia que hoy ocurre sin marco claro, el artículo 179, define esta conducta como la vigilancia, el seguimiento, la intimidación reiterada que genera temor fundado o altera la libertad de la víctima", dijo.
Por su parte, María Eugenia García Oliveros presentó también una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Guanajuato en la misma materia.
"En concreto proponemos, aclarar que el delito de acecho es una conducta reiterada que se realiza sin consentimiento a través de la vigilancia, el seguimiento, acercamiento o contacto no deseados, intimidación o cualquier forma de intromisión que afecte la salud psíquica de la víctima, así como el desarrollo de su vida cotidiana. Así mismo, se propone incorporar un agravante cuando la víctima sea una persona menor de edad, adulta mayor, con discapacidad o en una situación de vulnerabilidad", señaló.
Explicó que actualmente en Guanajuato el acecho se define en el Artículo 179 d del Código Penal como: "A quien a través de cualquier medio acose o aceche a otra persona amenazando su libertad o seguridad, se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y de cinco a veinte días multa".
Argumentó que esta definición resulta insuficiente, pues la conducta penalizada no está claramente descrita, ya que remite nuevamente al acoso y al acecho, lo que puede generar confusión al momento de interpretar y aplicar la norma penal.
De esta manera, Morena repitió una dinámica que ha evidenciado posibles diferencias internas. Aunque las legisladoras han rechazado que exista división, la presentación de iniciativas por separado vuelve a poner el tema sobre la mesa.