Prevén estas sanciones para quien realice falsas alarmas o bromas de protección civil en Pachuca

Conoce cuáles serían las sanciones de acuerdo con el nuevo Reglamento de Protección Civil, Bomberos y Gestión Integral de Riesgos para el Municipio

Prevén sanciones ante llamadas de emergencia falsas. (Especial)
Pachuca /

Realizar falsas alarmas o bromas que conlleven la alerta y acción de las autoridades de Protección Civil Municipal será sancionado, de acuerdo con el nuevo Reglamento de Protección Civil, Bomberos y Gestión Integral de Riesgos para el Municipio de Pachuca, el cual se encuentra en análisis para su dictaminación en comisiones de Gobernación, Bandos y Protección Civil, al interior del cabildo capitalino.

¿Cuáles serán las sanciones?

El proyecto, al que MILENIO tuvo acceso, menciona que las sanciones consistirán en: amonestación; clausura temporal hasta en tanto se subsanen las conductas constitutivas de la infracción o bien en su defecto clausura definitiva. Las clausuras de los establecimientos pueden ser totales o temporales.

Además de multa equivalente al monto de 100 a mil 500 días de Unidades de Medida y Actualización. En caso de reincidencia, el monto de la multa podrá ser incrementado sin exceder de 2500 días de Unidades de Medida y Actualización y procederá la clausura definitiva; y suspensión de obras, instalaciones o servicios.

No sólo se sancionará a quienes realicen falsas alarmas o bromas que conlleven la alerta y acción de las autoridades de Protección Civil Municipal, el nuevo Reglamento plantea cinco conductas más.

Estas conductas son: ejecutar, ordenar o favorecer actos u omisiones que impidan u obstaculicen las acciones de prevención, auxilio o apoyo a la población en caso de desastres; impedir u obstaculizar al personal autorizado al realizar inspecciones o actuaciones en los términos de este Reglamento; no acatar las medidas de seguridad prevención impuestas por la Dirección de Protección Civil, Bomberos y Gestión Integral de Riesgos Municipales.

Así como el no dar cumplimiento a las resoluciones de la autoridad competente que imponga cualquier medida de seguridad en los términos del Reglamento; y en general, cualquier acto u omisión que contravenga las disposiciones del Reglamento o la ley de la materia, que ponga en riesgo la seguridad y la salud públicas.

La actualización

Por su parte, el coordinador de la Comisión de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos del ayuntamiento, Regidor Carlos García Monzalvo, mencionó que el reglamento que aún está vigente fue publicado en 2021 con muchas deficiencias y con un rezago de al menos cuatro años frente a los estándares nacionales e internacionales.

“En este tiempo Pachuca ha enfrentado fenómenos naturales y antrópicos que nos han recordado lo vulnerable de nuestra ciudad y de su infraestructura, tan solo este 2025, la ciudad ha experimentado lluvias atípicas en mayo, junio, julio y agosto que superaron la media mensual y que han tenido registros históricos”, dijo.

Subrayó que el nuevo Reglamento incorpora la Gestión Integral de Riesgos, “entendida no sólo como reacción, sino como prevención, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción”.

Destacó que entre sus ejes más importantes se encuentra la actualización de definiciones clave como Atlas de Riesgo, Continuidad de Operaciones o Voluntariado Municipal; la organización de la Dirección de Protección Civil y Bomberos, con áreas técnicas y de planeación capaces de atender emergencias de manera profesional.

Así como la conformación y las funciones del Consejo Municipal de protección civil, la operación y organización del Comité Municipal de emergencia, la elaboración y presentación de los Programas Especiales de acuerdo al riesgo y según la temporalidad de la amenaza y el Plan Municipal de Contingencias, además de la obligación de contar con programas internos de protección civil en inmuebles y eventos masivos, así como planes especiales


  • Alejandro Reyes
  • Reportero desde 2009. Mi labor es cuestionar; lo mejor de este oficio son las crónicas y las historias.

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