Violentan a migrantes en estancias del INM de Puebla y Tlaxcala

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Las personas migrantes también son un grupo vulnerable frente a las desapariciones.

Violentan a migrantes en Puebla y Tlaxcala | Agencia Enfoque
Jaime Zambrano
Puebla /

En las estancias del Instituto Nacional de Migración (INM) de Puebla y Tlaxcala se detiene, contiene, incomunica, se procesa de una forma inadecuada y, en general, se violentan derechos de las personas migrantes.

De acuerdo con el “Informe sobre Desaparición de Personas Migrantes en México”, realizado por el Servicio Jesuita a Migrantes México (SJM-México), la incomunicación se convirtió en una práctica común, a pesar de que el Estado mexicano se encuentra obligado a garantizar dicho derecho fundamental a la comunicación de las personas detenidas, tanto por la Convención Internacional para la protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, como por la propia Ley de Migración.

El análisis revela que las personas migrantes también son un grupo vulnerable frente a las desapariciones, ya que se tiene información de personas que iniciaron su ruta migratoria y terminaron en fosas clandestinas; otras se encuentran ilegalmente privadas de su libertad sin comunicación, lo que las convertiría en personas desaparecidas.

“Ante esta violación constante de derechos humanos a las personas migrantes privadas de su libertad por cuestiones migratorias, así como la negativa de las autoridades a colaborar con familiares y organizaciones de la sociedad civil para dar con el paradero de personas migrantes desaparecidas y no localizadas, resulta urgente a puesta en marcha de un registro nacional de detenciones migratorias, de acceso público”, destaca el estudio.

El Servicio Jesuita a Migrantes México (SJM-México) resalta la importancia de que se ponga en operación una relación de personas extranjeras detenidas por carecer de la documentación correspondiente, la cual, debería existir como lo establece la Ley Nacional del Registro de Detenciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en mayo de 2019.

“La ley mandata la creación de un registro de detenciones, así como el establecimiento de los procedimientos que garanticen el control y seguimiento sobre la forma en que se efectuó la detención de personas por la autoridad”. Entre los elementos básicos que debe contener el Registro se encuentran los datos de la persona detenida, la fecha y circunstancias de la detención, las autoridades que intervinieron en la detención y la autoridad ante la cual será puesta a disposición, entre otros. Además, “la Ley ordena la creación de un Sistema de Consulta del Registro accesible a cualquier persona”, añade el documento.

El SJM-México destacó que, a través de su Programa de Búsqueda de Personas Migrantes Desaparecidas (Pbpmd), se registraron entre 2007 y 2021 un total de mil 280 casos de personas desaparecidas, al ser 2018, 2019 y 2021 los años con mayor número de solicitudes recibidas.

Respecto del perfil de las personas desaparecidas, el SJM-México destaca que 71 por ciento son centroamericanos; 22 por ciento, mexicanos y siete por ciento sudamericanos. Del total de personas desaparecidas, 86 por ciento cuentan con edades entre los 18 y 59 años; 74 por ciento, hombres; y 96 por ciento con su lugar de destino en Estados Unidos.

En cuanto a los lugares desde donde se realizaron las solicitudes, en su mayoría por parte de familiares y amigos, el Informe resalta que 28 por ciento fueron hechas desde Estados Unidos, 24 por ciento desde México; 13 por ciento desde Nicaragua y Honduras; 11 por ciento desde Guatemala; cinco por ciento desde El Salvador; y seis por ciento desde otros países del continente.


AFM


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