A partir del 1 de enero de 2022, se actualizó la versión del CFDI pasando a la versión 4.0, es importante mencionar que se cuenta con un periodo de convivencia con la versión 3.3 del CFDI, el cual comprende del 1 de enero de 2022 al 30 de junio de 2022, por lo que, a partir del 1 de julio de 2022 la única versión válida será la 4.0. con la versión 2.0 del complemento Carta Porte.
Consulta aquí la información necesaria para emitir un comprobante fiscal con complemento Carta Porte por las operaciones de traslado o por los servicios de transporte de bienes o mercancías, que se realicen dentro del territorio nacional.
Quiénes lo deben utilizar
Aquellos contribuyentes que requieren trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, por alguna de las siguientes vías:
Objetivo
Generar un CFDI con complemento Carta Porte para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan; ya sea por vía terrestre (carretera o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de Hidrocarburos y Petrolíferos.
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Principales cambios
Se incorporan ajustes y nuevas validaciones adicionales a realizar por el proveedor de certificación para la emisión del complemento con la versión 4.0 del comprobante.
Es de uso obligatorio para los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional.
El complemento Carta Porte en su versión 2.0, iniciará su vigencia a partir del 01 de diciembre de 2021 y será obligatorio a partir del 01 de enero de 2022.
Del 01 de enero al 31 de marzo de 2022, se define como periodo de transición para emitir correctamente el complemento Carta Porte en su versión 2.0, sin que se apliquen multas ni sanciones.
Para el registro de datos solicitados en el complemento Carta Porte, se podrá consultar el instructivo de llenado correspondiente, de acuerdo al medio de transporte a utilizar.
Sólo las autoridades federales están facultadas para realizar revisiones en las que se requiera exhibir el CFDI con complemento Carta Porte.
En operaciones de comercio exterior, la factura con complemento Carta Porte será exigible a partir del 31 de marzo de 2022.