La vigencia del programa de emplacamiento denominado “Dale marcha a la transformación 2023” tendrá una ampliación al próximo 13 de diciembre, pese a esto, la medida sólo aplica para propietarios, tenedores o usuarios de vehículos destinados al transporte, distribución y/o comercialización de gas Licuado de Petróleo (LP), mientras que para el resto de vehículos se mantiene con límite al próximo 30 de junio.
Esto a través de un acuerdo de la Secretaría de Gobierno de Hidalgo (Segobh), Secretaría de Hacienda y Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo (SSPH) publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) para el canje de placas, así como sus elementos de identificación vehicular que deben portar para evitar sanciones.
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Dentro del documento establece que estas actividades reguladas en el acuerdo serán de competencia única y exclusiva del estado de Hidalgo, con aplicación obligatoria en todo su territorio, por lo que se derogan y abrogan todas aquellas disposiciones de carácter municipal que se opongan a lo dispuesto, además de que la interpretación y aplicación del mismo es facultad de las Secretarías de Gobierno a través de la Subsecretaría de Protección Civil y Gestión de Riesgos, de Hacienda y de Seguridad Pública en el ámbito de sus competencias.
En su artículo transitorio cuarto establece la ampliación de la vigencia del programa de control vehicular denominado “Dale marcha a la transformación 2023”, así como de lo previsto en el artículo 11, Capítulo Segundo, Estímulos Fiscales; Sección I. Control Vehicular, de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Hidalgo para el Ejercicio Fiscal del año 2023, hasta el 15 de diciembre de 2023, así como de las “Reglas de Carácter General en Materia de Control Vehicular para el Ejercicio Fiscal 2023, Lineamientos de Operación del Programa de Control Vehicular denominado “Dale marcha a la
transformación” únicamente para los propietarios, tenedores o usuarios de vehículos destinados al transporte, distribución y/o comercialización de Gas Licuado de Petróleo, a que hace referencia el presente Acuerdo.
Igualmente, determina que será la Secretaría de Hacienda quien determine la forma y cronograma de los procesos de registro vehicular y emplacamiento para los vehículos a que hace referencia el presente instrumento, a efecto de llevarse a cabo de forma alternada hasta su totalidad en todo el territorio estatal.
Finalmente, establece que dentro de los 90 días, contados a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, el titular del Poder Ejecutivo del estado de Hidalgo, Julio Menchaca Salazar, deberá emitir la armonización a la normatividad reglamentaria necesaria para la correcta aplicación de lo dispuesto, así mismo, por sí o a través de las dependencias que participan en la emisión del acuerdo, las bases, principios y demás instrumentos normativos y administrativos que, en su caso, pudieran resultar necesarios para su cumplimiento y la efectiva coordinación de dichas dependencias.
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