Cifra de homicidios dolosos de mujeres en Puebla se triplica ante número de feminicidios

Durante el 2025 en Puebla 78 mujeres fueron asesinadas en comparación de los 25 casos de feminicidios registrados en el mismo periodo de tiempo.

Puebla registra 38 feminicidios al año | Melanie Torres
Puebla /

La cifra de homicidios dolosos en contra de mujeres que se registraron en Puebla durante el 2025 triplicó los casos que se encuadraron como feminicidios, de acuerdo con las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

El Informe de violencia contra las mujeres Incidencia delictiva y llamadas de emergencia al 911 en su más reciente actualización, establece que durante el 2025 en Puebla 78 mujeres fueron asesinadas en comparación de los 25 casos de feminicidios registrados en el mismo periodo de tiempo.

Te recomendamos...
Puebla refuerza estrategia contra la violencia de género; buscan levantar la AVGM

Las estadísticas de las autoridades señalan que de las 78 víctimas que fueron asesinadas, 71 eran mayores de edad y siete eran menores de edad.

Las cifras ubican a la entidad en la posición número 12 a nivel nacional en la incidencia en el delito de homicidio doloso en el que las víctimas fueron mujeres.

En 2025 en Puebla se registraron 25 feminicidios, de los cuales uno se cometió con arma de fuego, cinco con arma blanca y 19 fueron registrados en la categoría otro elemento, en las estadísticas de incidencia delictiva del Sistema Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Del total de víctimas 16 fueron mujeres mayores de edad y 8 menores de edad, que representan el 32 por ciento de las víctimas.

De homicidio doloso a feminicidio

De acuerdo con el artículo 338 de Código Penal del estado de Puebla para que el homicidio doloso de una mujer se pueda catalogar como feminicidio de debe cometer en las siguientes circunstancias:

  • 1 Que el sujeto activo lo cometa por odio o aversión a las mujeres <br>
  • 2 Que el sujeto activo lo cometa por celos extremos respecto a la víctima <br>
  • 3 Cuando existan datos que establezcan en la víctima, lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida, violencia sexual, actos de necrofilia, tormentos o tratos crueles, inhumanos o degradantes <br>
  • 4 Que existan antecedentes o datos de violencia en el ámbito familiar, laboral, escolar o cualquier otro del sujeto activo en contra de la víctima <br>
  • 5 Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza <br>
  • 6 Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima <br>
  • 7 Que la víctimahaya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida <br>
  • 8 Que el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público <br>
  • 9 Que la víctima tenga parentesco con el victimario <br>

CHM

  • Daniel Hernández
  • Reportero de nota roja

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.

Suscríbete al
periodismo con carácter y continua leyendo sin límite