¿Quién recibirá el aguinaldo adelantado por El Buen Fin? Aquí te decimos

La Secretaría de Hacienda publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación, el cual establece los lineamientos para el pago del aguinaldo.

Pago de aguinaldo. Foto: (Shutterstock)
Ciudad de México /

El pago del aguinaldo se adelantará con motivo de El Buen Fin, que inicia el 9 y termina hasta el 20 de noviembre, por lo que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer los detalles de esta estrategia que busca incentivar el consumo ante la pandemia del coronavirus SARS-CoV-2, que causa la enfermedad covid-19.

¿Qué es el aguinaldo?

Es una prestación que consiste en un pago anual en efectivo y con la moneda de curso legal. No está permitido pagarlo en especie; es decir, mercancías, vales o fichas; aunque se puede, con previo consentimiento, hacer el pago por depósito en cuenta bancaria, transferencia, o cualquier otro medio electrónico.

¿Cuándo recibirás el aguinaldo? 

Si eres servidor público deberás recibir esta gratificación a partir del 9 de noviembre, esto porque desde la realización del programa de descuentos y promociones, El Buen Fin, el gobierno federal determinó que los trabajadores al servicio del estado recibieran esta prestación por adelantado para poder aprovechar las ofertas. 

En tanto, los trabajadores del sector privado deberán recibirlo antes del 20 de diciembre de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. 

¿Quiénes reciben aguinaldo?

El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Secretaría de Hacienda indica lo siguiente:

Personal operativo de confianza de las dependencias y entidades, y personal militar en activo: recibirá hasta cuarenta días, sobre la base de cálculo y en los términos de la Ley. 

Personal de enlace y de mando de las dependencias y entidades, y  trabajadores del servicio exterior mexicano en México: tendrán un aguinaldo de veinte días, sobre la base de cálculo de los sueldos y salarios autorizados, mismo que se incrementará hasta alcanzar un máximo de cuarenta días. 

Personal del servicio exterior mexicano, y asimilado a éste, en funciones en extranjero: recibirá hasta cuarenta días, según la normatividad. 

Personal militar en activo: recibirá hasta cuarenta días, sobre la base de cálculo y en los términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el artículo décimo segundo del ordenamiento. 

Personas físicas bajo régimen de honorarios ( en dependencias y entidades): recibirán el monto equivalente que corresponda al monto que se otorgue al personal con plaza presupuestaria que tenga el nivel equivalente. 

Al personal de las demás categorías, no previstas en los incisos anteriores, autorizadas por Hacienda en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, el aguinaldo se otorgará sobre la base y en los términos que se establezcan en los lineamientos específicos a que se refiere el artículo décimo segundo del ordenamiento. 

El artículo décimo segundo establece que Hacienda emitirá lineamientos específicos que establezcan las disposiciones administrativas necesarias para la aplicación del presente decreto. 


MRA

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