Ampararse en el capítulo 8 del T-MEC no funcionará para México: especialista

Al momento no se está discutiendo la propiedad de los hidrocarburos a cargo de la nación mexicana, ni la facultad soberana de México.

El pronóstico sobre la resolución favorable para México tras las consultas es muy reservado. (Reuters)
Ciudad de México /

Luego de que Estados Unidos y Canadá solicitaron consultas bajo el T-MEC contra México por temas energéticos, y que las autoridades mexicanas argumentan que el capítulo 8 del acuerdo defiende los intereses de ese sector por país, el socio a cargo de la Práctica Transaccional y Experto en Energía de la firma Santamarina y Steta, Juan Carlos Machorro, afirmó que exponer ese capítulo no servirá para defenderse de quejas.

En entrevista con MILENIO el representante del despacho comentó que al momento no se está discutiendo la propiedad de los hidrocarburos a cargo de la nación mexicana, ni la facultad soberana de México, sobre poder reformar su Constitución y leyes, sin embargo, si se reforman las reglas del juego a nivel interior, y eso transgrede las reglas del tratado, entonces hay sanciones.

“Este argumento de que con base en el capítulo 8, le dan una salvaguarda al gobierno mexicano para hacer lo que quiera, o que el capítulo de energía no quedó protegido por el tratado, es una absoluta mentira, porque el sector energético está absolutamente contemplado de forma transversal por distintos capítulos del tratado”, aseveró.

Expuso que México está obligado a diferentes cumplimientos como: no puede trastocar el nivel de apertura del sector energético y todos los demás sectores económicos amparados en el tratado sino es para abrirlo a la inversión privada; y dos, no se puede modificar el piso parejo en aras de beneficiar a las empresas del Estado, discriminando a los inversionistas de otros países.

“Técnicamente desde el punto de vista jurídico, es nuestra opinión, que nuestras violaciones al tratado a cargo del gobierno mexicano por las medidas y políticas que ha venido implementando en el sector energético, son clara y francamente violatorias del tratado comercial”, afirmó el especialista.

En ese sentido señaló que el pronóstico sobre la resolución favorable para México tras las consultas es muy reservado; “me parece que claramente el incumplimiento está, y claramente vendrán sanciones que consisten en retirar beneficios que estos países le otorgan a México, que consisten en un tratamiento arancelario preferencial, y podría EU y Canadá afectar en sectores que más duelan como agro, manufactura, autopartes”.

Sostuvo que basados en las señales visibles del discurso del gobierno de México, los resultados para el país son poco prometedores, “sería deseable estar bien informados sobre cómo funciona el tratado, y buscar un acuerdo con voluntad política”.

“Lo importante es saber si el equipo mexicano podrá defender la ideología del presidente López Obrador, que implica que se está violentando la soberanía. Si es así, no va a servir de nada el periodo de 75 días, no vamos a negociar nada, no vamos a llegar a ningún acuerdo y vamos a caer en manos de un panel internacional”, comentó.

El Capítulo 8 del T-MEC, reconocimiento del dominio directo de la propiedad inalienable e imprescriptible de México de los hidrocarburos, dicta el reconocimiento del Dominio Directo y la Propiedad Inalienable e Imprescriptible de México de los Hidrocarburos. Según lo dispone el tratado, las partes confirman su pleno respeto por la soberanía y su derecho soberano a regular con respecto a asuntos abordados en este capítulo de conformidad con sus respectivas Constituciones y derecho interno, en pleno ejercicio de sus procesos democráticos.

En el caso de México, y sin perjuicio de sus derechos y remedios disponibles conforme a este tratado, Estados Unidos y Canadá reconocen que: México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y su legislación interna; y México tiene el dominio directo y la propiedad inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos en el subsuelo del territorio nacional, incluida la plataforma continental y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado físico, de conformidad con la Constitución de México.


srgs

  • Eduardo de la Rosa

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