Conceden amparo contra acuerdo de Sener para Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas

Buscaban fijar precios máximos para dichos servicios en un área en la que no tiene competencia la dependencia federal.

El abogado Carlos Berdeja explicó que dicho acuerdo fue publicado por la Sener en el DOF. | Foto: Cuartoscuro
Yeshua Ordaz
Ciudad de México /

El despacho de abogados Berdeja y Butler Consultores informó que logró obtener un amparo para una Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctrica, contra un acuerdo de la Secretaría de Energía (Sener) y qué establecía las tarifas máximas para la prestación de dicho servicio.

En entrevista con MILENIO, el abogado Carlos Berdeja explicó que dicho acuerdo fue publicado por la Sener en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de septiembre de 2022, señalaba como una consideración una 'concentración de mercado y por lo tanto una afectación a la competencia'.

De acuerdo con el abogado no es atribución de la Sener el tema de la competencia y tampoco el regular el precio en este mercado, ya que es un servicio externo, que no es parte de la industria eléctrica; generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad.

"Esto nunca fue probado por la Sener (la falta de competencia) y tampoco está facultada para imponer las tarifas" y añadió que "los servicios de fichas unidades no son actividades estratégicas, sino libres para ser emprendidas por cualquier persona; aunque, están reguladas de manera ajena a la regulación de las actividades estratégicas mencionadas", refirió.

El amparo había sido concedido en octubre de 2023 por un juez federal y ratificado el 4 de julio de 2024 por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.

Algunos alegatos de la Secretaría de Energía en contra del amparo solicitado, tomados del acuerdo es que existe un vacío legal respecto de la manera de determinar la tarifa a cubrir por parte del usuario por concepto de los trabajos de verificación a realizar.

Además, la Sener señalaba que en el año 2021 de las 440 Unidades de Verificación registradas, 10 por ciento de las mismas; 44 de ellas concentraron el 40.3 por ciento de los dictámenes emitidos, esto significa que el 40 por ciento, por lo que 'supuestamente' impacta negativamente la competitividad al observarse una marcada concentración en pocos verificadores, lo cual sugiere la presencia de un mayor poder de mercado.

El abogado en temas energéticos, Carlos Berdeja explicó qué se buscaba este amparo, por una afectación a dichas unidades al impedir aplicar las tarifas registradas en la propia Sener.

"La Litis (litigio) no es lo adecuado o lo inadecuado de las tarifas; es si la secretaria está o no facultad para imponer tarifas máximas".

El abogado añadió que con el otorgamiento del amparo se generan estos beneficios para la unidad amparada, y para sus clientes, pero restaura la certidumbre jurídica y económica.

También la legalidad al hacer respetar la Ley Federal de Competencia Económica, en cuanto a que no se siguió el procedimiento adecuado para imponer tarifas máximas.

Además de que se hacen respetar los límites de las facultades de la Secretaría de Energía, al nombrarla incompetente para imponer tarifas máximas; el amparo ponderó esto más que una “apariencia de buen derecho” e “interés público” artificiosamente construidos por la Sener.

"Como resultado, el amparo hace respetar los tratados internacionales en los que México es parte, dado que en ningún tratado se reservó la Secretaría de Energía la facultad de imponer tarifas máximas a dichas unidades, la Constitución, y las leyes; en resumen, el Estado de Derecho", finalizó.

MRA

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.