Corte da revés a la política eléctrica de Rocío Nahle

Sentencia. El acuerdo invade facultades de la Comisión de Competencia y da ventaja indebida a la CFE, falla; diputados reciben iniciativa que privilegia a la empresa estatal.

Turbinas para la producción de energía renovable. (Shutterstock)
Fernando Damián, Rubén Mosso y Yeshua Ordaz
Ciudad de México /

Mientras la Suprema Corte de Justicia (SCJN) invalidó los puntos clave de la Política de Confiabilidad de la red eléctrica nacional impulsada por la secretaria de Energía, Rocío Nahle, la Cámara de Diputados recibió y turnó a comisiones la iniciativa presidencial que prevé privilegiar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por encima de particulares para “alimentar” el sistema eléctrico.

Con cuatro a votos a favor y uno en contra, la Segunda Sala de la SCJN avaló el proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales, que invalidó 22 disposiciones del acuerdo de la política energética publicado en mayo del año pasado, argumentando que invade las facultades de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y da una indebida ventaja a la CFE.

Para los ministros, el acuerdo por el que se emitió la política de confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) obstaculiza el cumplimiento de las finalidades constitucionales que se encomendaron a la Cofece, ya que anula presupuestos que deben darse para que exista competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación y suministro eléctrico, particularmente en lo que concierne a las energías limpias intermitentes.

Entre otros aspectos, la Corte invalidó la disposición para otorgar al Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) la facultad de rechazar las solicitudes de interconexión presentadas por centrales eólicas o fotovoltaicas.

El caso llegó a la Corte luego de que la Cofece promoviera una controversia constitucional al señalar que el acuerdo afecta su mandato constitucional e invade su esfera de competencia.

“Otorga ventaja exclusiva e indebida en favor de CFE para que proponga proyectos estratégicos en programas de suma relevancia en el desarrollo del SEN y que invariablemente inciden en dichos eslabones, siendo que tal previsión no se encuentra prevista para los demás competidores y sin que se justifique tal distinción”, falla.

La sentencia se da dos días después de que el presidente, Andrés Manuel López Obrador, envió una iniciativa preferente de reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, que busca fortalecer a la CFE y retoma todas las disposiciones que fueron anuladas por la Corte, misma que fue respaldada por la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero.

En la conferencia matutina, la secretaria defendió la iniciativa argumentando que esta administración retomó la rectoría del Estado que en otros sexenios se olvidó.

“Un sector tan estratégico, de seguridad nacional, como el suministro de la energía eléctrica, es una rectoría que tiene que estar en el Estado. Esto no significa que no vayan a participar particulares con ciertas reglas y con ciertos límites”, dijo.

La secretaria de Energía, Rocío Nahle, escribió en Twitter: “Respetaremos  la resolución de la SCJN. Así como la discusión y en su caso la aprobación que la (Cámara de) Diputados realice sobre la iniciativa preferente que el Presidente envió al Congreso sobre la reforma a la Ley de la Industria  Eléctrica”.

LIMITANTES A COFECE

Sobre la iniciativa preferente del presidente López Obrador para modificar la Ley de la Industria Eléctrica, la Cofece dijo que tienen acciones limitadas para proceder contra ella.

En reunión virtual con la Cámara de la Industria de la Transformación de Nuevo León (Caintra), la titular de la Cofece, Alejandra Palacios, indicó que la propuesta “es un tema claramente preocupante” para la libre competencia del sector eléctrico nacional, porque si la ley se modifica, “entonces la Cofece no puede hacer nada” porque se dará preferencia a CFE. 

Ramsés Pech, especialista del sector energético dijo que la propuesta emitida por el ejecutivo ya es letra muerta, pues “en caso de que pase, podrá ser impugnada y al haber un precedente como el de la SCJN, sería improcedente”.

Con información de: Eduardo de la Rosa, Pedro Domínguez y Fernando Damián.

LAS MÁS VISTAS