Con la Semana Santa llegan las vacaciones y en las oficinas guardan los archivos y los trajes quedan en el armario para dar paso a la playa y los bañadores, por ello, debes de saber cuáles son tus derechos como trabajador en cuanto a tu sueldo, así como los días que te corresponden de acuerdo con el tiempo que has laborado.
Pues de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, además de lo que podrías suponer, los trabajadores también podrían recibir prima vacacional, que es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de este periodo de descanso.
¿Cuando me voy de vacaciones me pagan mi sueldo?
La ley establece que se debe pagar el salario ordinario que corresponde a los días del periodo vacacional disfrutado.
En caso de que no te paguen, podrás acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, donde un abogado te brindará asesoría legal, gratuita y personalizada, según indica el gobierno federal.
Y sobre el tiempo que tienes para reclamar la falta de pago, la ley señala que en el lapso de un año puedes exigir el pago que no realizado en el momento.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por año trabajado?
Luego de un año trabajado, por ley te corresponden seis días de vacaciones por lo menos.
A partir del segundo año de servicios y por cada año subsecuente, aumentará en dos días las vacaciones, hasta llegar a 12 días por cada año subsecuente.
Desde el quinto año de servicios, aumentará en dos días de vacaciones por cada cinco años de servicios.
Y si trabajas por temporada, el periodo de vacaciones se otorgará en proporción al número de días que laboraste en el año.
DMZ