¿Cuánto me deben pagar si trabajo HOY 20 de noviembre de 2023? Día de la Revolución

Según la ley, los días feriados o festivos son considerados como días no laborables, lo que los convierte en días de descanso obligatorio.

Ley Federal de Trabajo estable el monto a pagar a los trabajadores. Foto: (Pixabay)
Ciudad de México /

Hoy lunes 20 de noviembre es feriado con motivo del Día de la Revolución Mexicana. Por ley, no se labora; sin embargo, si acordaste trabajarlo debes recibir un mayor pago del que percibes de manera cotidiana. Aquí te decimos cuánto.

EL DATO

¿Qué es un día festivo?

Los días feriados o festivos tienen por objeto que los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas.

Es decir, que los días feriados o festivos son considerados como días no laborables, lo que los convierte en días de descanso obligatorio, según lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Días de descanso según la LFT


Estos son los días de descanso obligatorio establecidos en el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo:

  • 1o. de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • 1o. de mayo
  • 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • 25 de diciembre
  • Durante jornada de elecciones, el que determinen las leyes federales y locales electorales.

De acuerdo con el artículo 75 de la LFT, si debido a las actividades de la empresa, los trabajadores prestan sus servicios, tendrán derecho a que se les pague el salario que les corresponda por su día de descanso.

"Los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje", refirió.

¿Cuánto me pagan si trabajo dia festivo?

Si acordaste con tu patrón laborar HOY tienes el derecho de que se te pague lo siguiente conforme al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

  • El salario diario.
  • Un salario doble por trabajar en un día de descanso obligatorio.

Es decir, un pago triple, pero si lo anterior no se cumple, puedes comunicarte a Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación gratuita.

MRA


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